Misión

Casa de S. M. el Rey


El Real Decreto 434/1988, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey, establece en su artículo 1.º:

  • La Casa de Su Majestad el Rey es el organismo que, bajo la dependencia directa de S. M., tiene como misión servirle de apoyo en cuantas actividades se deriven del ejercicio de sus funciones como jefe de Estado.

  • Dentro de esta misión general, y además de desempeñar los cometidos de carácter administrativo y económico que le correspondan, deberá atender especialmente a las relaciones del Rey con los organismos oficiales, entidades y particulares, a la seguridad de su persona y real familia, así como a la rendición de los honores reglamentarios y a la prestación del servicio de escoltas cuando proceda. Igualmente atenderá a la organización y funcionamiento del régimen interior de la residencia de la familia real.

En su artículo 3.º determina que, entre otras, compete especialmente al jefe de la Casa establecer las normas de coordinación precisas entre la Guardia Real y el Servicio de Seguridad.

En su artículo 5.º dispone que la Guardia Real depende del jefe del Cuarto Militar a todos los efectos, por delegación del Jefe de la Casa de S. M. el Rey.


Guardia Real


Para contribuir a la misión general de la Casa, la Guardia Real, unidad militar interejércitos al servicio de S. M. el Rey, tiene encomendada la ejecución de las misiones reflejadas en el artículo 6.º del Real Decreto 434/1988:

"Proporcionar el servicio de guardia militar, rendir honores y dar escoltas solemnes a S. M. el Rey y a los miembros de su real familia que se determinen, prestando análogos servicios a los jefes de Estado extranjeros cuando se ordene". 

 

Cometidos

 

Los cometidos específicos que se derivan de ese Real Decreto son:

Proporcionar el servicio de guardia militar:

  • Proporcionar guardia de seguridad en el Palacio de la Zarzuela.
  • Proporcionar guardia de seguridad en el Palacio de Marivent cuando se determine.
  • Proporcionar guardias de seguridad y honor en los palacios y reales sitios que se determine.

Rendir honores y dar escoltas solemnes:

  • Rendir honores y participar en paradas militares solemnes.
  • Efectuar el saludo al cañón con salvas de ordenanza.
  • Participar en las honras fúnebres de miembros de la familia real (Real Decreto 684/2010).
  • Dar escoltas solemnes motorizadas o a caballo.

Prestar servicios a jefes de Estado extranjeros:

  • Proporcionar la guardia de honor en el Palacio Real de El Pardo.
  • Rendir honores.
  • Dar escoltas solemnes motorizadas o a caballo.
  • Designar el séquito técnico y proporcionar caravanas.
  • Proporcionar apoyo en asistencia sanitaria.

Apoyar a la Casa de S. M. el Rey: 

  • Proporcionar asistencia sanitaria permanente a la familia real.
  • Cubrir los destinos que se determinen por la Secretaría General.
  • Proporcionar servicios y apoyos diversos, tanto de carácter permanente como puntual
  • Cubrir las necesidades del Cuarto Militar.