Presentacion Tribunal Militar Central

Tribunal Militar Central

General Consejero Togado

El Tribunal Militar Central con sede en Madrid y jurisdicción en todo el territorio nacional, constituye un tribunal centralizado para el conocimiento de las materias atribuidas por la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.

Al frente del mismo se encuentra el Auditor Presidente del Tribunal Militar Central, ostentando en la actualidad el cargo el General Consejero Togado D. Carlos Melón Muñoz, nombrado por Real Decreto 812/2018, de 29 de junio Auditor Presidente del Tribunal Militar Central y por Real Decreto 1321/2018, de 22 de octubre, General Consejero Togado.

Complejo Princesa

El Tribunal Militar Central, cabeza de la Jurisdicción Militar, fue creado por la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la competencia y organización de la jurisdicción militar. El 3 de mayo de 1988 se constituyó, reuniéndose por primera vez, el Tribunal Militar Central en la calle Montalbán nº 2, dentro de las instalaciones del Cuartel General de la Armada. En 1993 cambio su sede a la calle Jorge Juan nº 35, donde se mantuvo hasta el 1 de abril de 1999 en que se trasladó a su actual ubicación en el madrileño distrito de Moncloa-Aravaca, en la calle Princesa nº 36. En este lugar se desarrolla ordinariamente la labor del Tribunal, sin perjuicio de las atribuciones de su Auditor Presidente que, por resolución motivada, puede disponer la celebración de las vistas en cualquier lugar del territorio nacional.

Lay Ley 4/1987, mantuvo la tradicional composición escabinada de los Tribunales castrenses de técnicos en derecho y profesionales de las armas, para dictar sentencia, si bien su composición es exclusivamente técnica (Auditor Presidente y Vocales Togados) para el resto de los asuntos de su competencia.

El Tribunal Militar Central se compone de:

  • Un Auditor Presidente, General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar, nombrado por Real Decreto, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, entre Generales Consejeros Togados y Generales Auditores en servicio activo, con refrendo de los Ministros de Justicia y Defensa.
  • Cuatro Vocales Togados, Generales Auditores del mismo Cuerpo, nombrados por Real Decreto, a propuesta de Consejo General del Poder Judicial, oída la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, con refrendo de los Ministros de Justicia y Defensa. Dos de ellos pueden ser Oficiales Generales del Cuerpo Jurídico Militar en reserva.
  • Vocales militares, Generales de Brigada o Contralmirantes, que se designen mediante sorteo por insaculación para cada asunto, que deberán pertenecer al Cuerpo General del Ejercito de Tierra, al Cuerpo General o al de Infantería de Marina de la Armada, al Cuerpo General del Ejército del Aire o al Cuerpo de la Guardia Civil, según corresponda.

Para la designación de los vocales militares que deban formar parte del Tribunal Militar Central, al principio del año judicial, se confeccionará una lista por el Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y la Guardia Civil de los Generales de Brigada y Contralmirante en situación de servicio activo, destinados en los órganos centrales del Ministerio de Defensa, en los Cuarteles Generales de los Ejércitos y la Armada y en la Guardia Civil. Dichas listas se remitirán al Tribunal Militar Central y no podrán ser modificadas durante al año judicial, sin perjuicio de las bajas que procedan por ascenso, cambio de situación u otra causa legal.

Con antelación suficiente al acto de la vista del juicio oral, a presencia del Auditor Presidente y del Secretario Relator, que dará fe, y de las partes que hayan de intervenir en las actuaciones, se insaculará los nombres de la lista del Ejército o Guardia Civil, según proceda por la pertenencia del inculpado o interesado, extrayéndose dos nombres, el primero será el vocal militar titular y el segundo el vocal militar suplente.

El Tribunal Militar Central actúa en Sala de Gobierno y en Sala de Justicia.

A la Sala de Justicia corresponde conocer:

  • En materia penal, de los procedimiento por delitos competencia de la Jurisdicción Militar, cometidos por militares con empleo comprendido entre comandante o capitán de corbeta y general de división o vicealmirante o por militares poseedores de la Cruz Laureada de San Fernando con carácter individual, por autoridades o funcionarios civiles que gocen de aforamiento especial en la jurisdicción ordinaria, salvo que fuera ante el Tribunal Supremo, y por los componentes de tribunales y juzgados militares.
  • En materia contenciosa-disciplinaria militar, de los recursos jurisdiccionales en materia disciplinaria militar que procedan contra los actos adoptados o reformados por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos, el Subsecretario de Defensa, el Director de la Guardia Civil o algún Oficial General.

La Sala de Justicia, para la celebración del juicio oral y dictar sentencia, se constituirá con el Auditor Presidente –o quien lo sustituya-, un vocal togado y un vocal militar.

La Sala de Justicia, para el resto de los asuntos de su competencia, se constituirá por tres miembros –entre el Auditor Presidente y el resto de vocales togados- según el turno establecido al inicio del año judicial por el Tribunal.

Estadísticas del Tribunal Militar Central

En la misma sede del Tribunal Militar Central, y con competencia en todo el territorio nacional para la instrucción de los procedimientos penales cuyo conocimiento corresponda al Tribunal Militar Central, existen dos Juzgados Togados Militares Centrales, el Juzgado Togado Militar Central nº 1 y Decano de Madrid y el Juzgado Togado Militar Central nº 2.

Al frente de los Juzgados Togados Militares Centrales se encuentran miembros del Cuerpo Jurídico Militar, en servicio activo, con el empleo de Coronel Auditor.

Al frente de la Secretaria Relatoría de los Juzgados Togados Militares Centrales se encuentran miembros del Cuerpo Jurídico Militar, en servicio activo, con el empleo de Comandante/Capitán Auditor.

Adscrito a la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central y que agrupa toda la documentación judicial generada por el Tribunal Militar Central y por los Archivos judiciales militares de gestión de los órganos comprendidos en su ámbito (Juzgados Togados Militares Centrales).

Sede: C/ Princesa nº 36. 28008 Madrid.

Organigrama del Tribunal Militar Central

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