El Tribunal Militar Territorial Cuarto tiene su sede en la provincia de A Coruña y jurisdicción en las demarcaciones señaladas en la Ley 44/1998 de 15 de diciembre, de Planta y Organización de la Jurisdicción Militar.
Conoce de las materias que la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar le atribuye.
El Tribunal Militar Territorial Cuarto fue constituido en mayo de 1988 y su sede originaria se encontraba en el denominado “Cuartel de Macanaz”,- que es hoy la Fundación de Luis Seoane- . En el año 1995 se traslada a su encuadre actual, la sede de la Delegación de Defensa de Galicia (antiguo Acuartelamiento de Santo Domingo), en la plaza de santo Domingo, nº 18.
La Ley Orgánica de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar determina la composición de los Tribunales Territoriales, siendo así que actualmente el Tribunal Militar Territorial cuarto está compuesto por:
Tanto el Auditor Presidente como los Vocales Togados son nombrados por Real Decreto, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, previo informe motivado de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central.
En el Tribunal Militar Territorial cuarto conoce en materia penal de los procedimientos por delito de la competencia de la jurisdicción militar cometidos por militares con empleo comprendido entre soldado o marinero y capitán o teniente de navío.
En materia contencioso-disciplinaria militar, de los recursos jurisdiccionales en materia disciplinaria militar que procedan contra sanciones impuestas por los mandos militares y que no sean de la competencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ni del Tribunal Militar Central.
Del Tribunal Militar Territorial Cuarto dependen los Juzgados Togados Militares Territoriales número 41, 42 y 43. Tienen competencia para la instrucción de los procedimientos penales militares por hechos cometidos en su demarcación y cuyo conocimiento corresponda al Tribunal Militar Cuarto.
El nombramiento de los Jueces Togados se efectuará mediante orden por el Consejo General del Poder Judicial, previo informe motivado de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central. Las funciones de Juez Togado pueden ser desempeñadas indistintamente por un Comandante o un Capitán auditor, y las de Secretario Relator por un Capitán o un Teniente Auditor.
Tanto el Tribunal Territorial Cuarto como cada uno de los Juzgados Togados y en las mismas sedes de sus oficinas judiciales, existe un archivo judicial militar de gestión, en el que se clasifican y custodian todos los documentos judiciales militares correspondientes a cada procedimiento que se encuentre en tramitación. Cuando no están pendientes de actuación procesal alguna y transcurridos cinco años desde la incoación de los procedimientos, se trasladan a los Archivos Judiciales Militares Territoriales, que dependen del Presidente del Tribunal Militar Territorial Cuarto.
El Tribunal Militar Territorial Cuarto, posee sus fondos documentales en el Archivo Histórico Intermedio del Noroeste, sito en Ferrol en la calle Juan Carlos I (Causas pertenecientes al Ejército de Tierra) y en el Archivo Naval (Causas relativas a la Armada) que se encuentra en el Palacio de Capitanía, hoy Museo Naval, sito también en Ferrol).