Detalle Sala de Gobierno

Inspección Judicial

El Consejo General del Poder Judicial tiene constitucionalmente otorgada la competencia de la inspección y vigilancia sobre todos juzgados y tribunales para la comprobación y el control del buen funcionamiento de la Administración de Justicia. Sin perjuicio de dichas competencias, la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central podrá ejercer, por propia iniciativa, la inspección de los Tribunales Militares Territoriales y de los Juzgados Togados. Para ello designará a uno de sus miembros o delegará en el Auditor Presidente de un Tribunal Militar Territorial, o en un Juez Togado Central, quienes con el resultado informarán por escrito a la Sala. De dicho informe se dará traslado al Consejo General del Poder Judicial.

Inspecciones realizadas por el Consejo General del Poder Judicial.

En la actualidad existe una Comisión Delegada para el Servicio de Inspección,  integrada por cuatro Vocales del Consejo General del Poder Judicial, y la Inspección está compuesta por una Jefatura del Servicio, con un Jefe, un Adjunto y un Secretario, que configuran la Unidad Central y trece Unidades Inspectoras,  formadas por dos, tres o cuatro Letrados, cada una de las cuales tiene asignados, o bien todos los órganos de un determinado orden jurisdiccional o bien todos los órganos de 1ª Instancia, Instrucción y Mixtos de cada una de las Comunidades Autónomas y una de ellas se ocupa de todas las Audiencias Provinciales del territorio español. Hay además un coordinador territorial por cada Comunidad Autónoma, que es quien conjuga la información procedente de todos los órganos de su territorio, independientemente del Orden Jurisdiccional de que se trate, así como un coordinador por cada jurisdicción, trabajando todos en equipo.

Inspecciones realizadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central.

Los equipos de inspección estarán formados, al menos, por un miembro de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central o un Juez Togado Militar Central y el Secretario Relator del Tribunal Militar Central o Secretario Relator adjunto.

Presencial: implica la visita del equipo de inspección al órgano. Puede ser de tres tipos:

  • General: comporta el análisis exhaustivo de la actividad global del órgano.
  • Abreviada: supone un análisis sucinto de la actividad global del órgano.
  • De conocimiento: Recae sobre aspectos concretos de la actividad del órgano.

Después de cada inspección se elaborará un informe para:

  • Poner de manifiesto verazmente la situación del órgano.
  • Controlar el cumplimiento de los indicadores de entrada y resolución.
  • Servir de ayuda a la mejora del órgano, mediante el análisis de sus disfunciones y la identificación de propuestas de mejora.
  • Trasladar las propuestas de mejora y las necesidades para ello a los órganos judiciales y órganos administrativos competentes.

A propuesta del Auditor Presidente Interino del Tribunal Militar Central de 26 de septiembre de 2022, se elevó al Consejo General del Poder Judicial la programación de visitas de inspección en Tribunales Militares y Juzgados Togados a realizar en el año 2023, tanto por el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.

 

Por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de noviembre de 2022, se aprobó la propuesta de programación de inspecciones a realizar en el año 2022, en los Tribunales Militares Territoriales y en los Juzgados Togados Militares con la siguiente distribución:

 

Relación de Tribunales y Juzgados a cargo del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial:

 

Juzgado Togado Militar Territorial nº 41 de A Coruña

 

 

 

 

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