La Ley de Bases para la reorganización del Ejército de 29 de junio de 1918, rompe con una tradición de 100 años y con el mandato de las Cortes de Cádiz, de creación de nuevas condecoraciones militares. Se crea con ésta Ley la Medalla Militar Individual para premiar el valor distinguido, que ya premiaba la Orden de San Fernando con sus cruces de 1ª y 3ª clases, dejando a ésta para premiar solo los actos heroicos. Es obligado, por lo tanto, la promulgación de un nuevo Reglamento, en el que solo quedan la Cruz Laureada, la Gran Cruz Laureada y las Laureadas Colectivas.
 

Real decreto de 5 de julio de 1920 (C. L. número 147, Apéndice número 3)


Aprobando un nuevo reglamento para la Real y Militar Orden de San Fernando.


Para el desarrollo de la base décima de la ley de 29 de junio de 1918 se nombró una Comisión, constituida por Generales y jefes de reconocido prestigio, a fin de que propusiera los reglamentos para la aplicación de los preceptos de la citada base. Redactado por esta Comisión el reglamento de la Real y Militar Orden de San Fernando, oído el parecer del Consejo Supremo de Guerra y Marina y habiendo emitido su informe la Comisión permanente del Consejo de Estado, existen en trabajo la mayor suma de garantías de acierto, y, fundado en ello, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la aprobación de V. M. el siguiente proyecto de decreto.


REAL DECRETO


A propuesta del Ministro de la Guerra, de conformidad con lo informado por la Comisión permanente del Consejo de Estado y de acuerdo con el Consejo de Ministros,
Vengo en aprobar el reglamento de la Real y Militar Orden de San Fernando, debiendo el Ministro de la Guerra dar cuenta oportunamente a las Cortes de este decreto y del expresado reglamento.

 

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