TITULARES

 AFILIACIÓN OBLIGATORIA:

(Salvo supuestos no computables a efectos de derechos pasivos)

•             Militares de carrera de las FF AA

•             Militares de complemento mientras mantengan su relación de servicios con las FFAA

•             Militares profesionales de Tropa y Marinería mientras mantengan su relación de servicios con las FFAA

•             Alumnos de los centros docentes militares y centros militares de formación.

•             Militares de carrera de la Guardia Civil y alumnos de los centros de formación de ese Cuerpo.

•             Funcionarios civiles de Cuerpos adscritos al MINISDEF que no hayan elegido la opción de incorporarse al Régimen Especial de la SS de los Funcionarios Civiles del Estado y funcionarios en prácticas de dichos Cuerpos.

•             El personal regido por el Estatuto de Personal del Centro Nacional de Inteligencia.

•             Reservistas temporales y voluntarios que no pertenezcan a ningún régimen público de Seguridad Social, durante los periodos de activación, con el alcance y condiciones que se fijen reglamentariamente.

•             En los supuestos de incorporación a las Fuerzas Armadas, los reservistas obligatorios, con los derechos que se determinen en los Reales Decretos que establezcan las normas para la declaración general de reservistas de esta naturaleza.

•             El personal que se encuentre en alguna de las situaciones a extinguir establecidas en la disposición adicional primera del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

EXCLUSIONES

1.-Queda excluido de este Régimen de Seguridad Social el personal civil no funcionario que preste servicios en la Administración militar y en el C.N.I., que seguirá rigiéndose por sus normas específicas.

 2.-A partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, no se producen nuevos accesos a la condición de reservista temporal. (Disposición transitoria undécima de dicha Ley). 

 

CASOS PARTICULARES

(Personas retiradas, viudas y huérfanas, otras situaciones y Cuerpo Eclesiástico) 

(VER DETALLE)