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SEGINFOEMP

La Seguridad Industrial es la condición que se alcanza cuando se aplica un conjunto de medidas y procedimientos necesarios para establecer y verificar los requisitos que deben cumplirse por todas las partes intervinientes tanto en las negociaciones pre-contractuales como a lo largo de la duración de los proyectos, programas o contratos clasificados.

Debe entenderse por Seguridad Industrial la “seguridad de la información clasificada en el ámbito industrial” y su normativa regula las condiciones específicas que el manejo de información clasificada presenta en las actividades, proyectos, programas o contratos clasificados encomendados a la industria para su desarrollo y ejecución.

La Orden Ministerial 76/2006, de 19 de mayo, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa, establece los principios generales de la seguridad de la información del Ministerio de Defensa.

Esta citada O.M. designa como Director de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa (DSIDEF) al Secretario de Estado de Defensa, encomendándole que vele por el cumplimiento de la Política de Seguridad y defina la estructura funcional de la seguridad de la información, incluyendo en esta última el Servicio de Protección de Materias Clasificadas, siendo responsable, para todo el Ministerio de Defensa, de la protección de la información clasificada del Departamento.

Resolución OM 76/2006

Por su parte, la Instrucción 53/2016 de 24 de agosto del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las normas para la aplicación de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa, designa al Director General de Armamento y Material (DIGAM) como responsable, en el nivel corporativo, del Área de Seguridad de la Información en poder de las Empresas, asignándole, entre otras, las funciones de elaborar y desarrollar la normativa, planes, programas y procedimientos relativos a seguridad de la información en poder de las Empresas.

Resolución 53/2016, del Secretario de Estado de la Defensa.

La Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de defensa y seguridad, establece que en los contratos públicos que supongan el uso de información clasificada o requieran el acceso a la misma, el órgano de contratación deberá exigir a la empresa estar en posesión de las correspondientes habilitaciones en materia de seguridad de empresa o de establecimiento, o equivalentes, de acuerdo con el grado de clasificación de la información. Estas habilitaciones son la Habilitación de Seguridad de Empresa (HSEM) y, si además han de almacenar información clasificada en sus instalaciones, la Habilitación de Seguridad de establecimiento (HSES).

Ley 24/2011

La Instrucción 52/2013, de 17 de junio, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las normas para la Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa en poder de las empresas entiende de las medidas adoptadas en el Departamento y las dirigidas a las empresas y aplicables a ellas, como consecuencia de su participación en programas, proyectos o contratos del Ministerio de Defensa, con el objeto de garantizar razonablemente la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información del Ministerio.

Resolución 52/2013, del Secretario de Estado de la Defensa.

La Resolución 320/14546 /2013, de 23 de septiembre, del Director General de Armamento y Material, por la que se aprueban los procedimientos para la implementación de la Instrucción 52/2013, de 17 de junio, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las normas para la seguridad de la información del Ministerio de defensa en poder de las empresas establece los procedimientos relativos a:

  • Obtención, modificación del grado, suspensión o retirada de la Habilitación de Seguridad de Empresa (HSEM) y, en su caso, la Habilitación de Seguridad de Establecimiento (HSES) necesarias para que las empresas puedan participar en los contratos en los que se maneje información clasificada. Estas habilitaciones son las exigidas por la Ley 24/2001, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y la seguridad.
  • Obtención de la Habilitación Personal de Seguridad (HPS), por parte de todas aquellas personas de las empresas que tengan necesidad de acceder a información clasificada de Programas Proyectos o Contratos Clasificados del MINISDEF.
  • Apertura y cierre del/los Órgano/s de Control que deben disponer las empresas para el manejo de la información clasificada.
  • Tratamiento de la información clasificada (acceso, distribución, reproducción, traducción, destrucción, etc.).
  • Comunicación y autorización de visitas en las que se vaya a acceder a información clasificada, así como los planes de transporte que afecten a este tipo de información.
  • Acreditación de los sistemas CIS con los que las empresas vayan a manejar información clasificada.

Resolución 320/14546 /2013, del Director General de Armamento y Material.
 

Subsecciones

Información

  • Ley 9/1968, de 5 de abril, de Secretos Oficiales (Pdf - 58,88 KB ).
  • Ley 48/1978, de 7 de octubre, que modifica la anterior (Pdf - 78,28 KB ).
  • Decreto 242/1969 que desarrolla las disposiciones de la Ley 9/1968 (Pdf - 83,29 KB )
  • Orden Ministerial 76/2006, de 19 de Mayo, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa (Pdf - 25,96 KB ).
  • Instrucción 53/2016, de 24 de Agosto, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las normas para la aplicación de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa.
  • Instrucción 41/2010, de 7 de Julio, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las normas para la aplicación de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa (Pdf - 26,16 KB ).
  • Ley 24/2011, de 1 de agosto, de Contratos del Sector Público en los ámbitos de la Defensa y de la Seguridad (Pdf - 728,8 KB ).
  • Instrucción 52/2013, de 17 de junio, del Secretario de estado de defensa, por la que se aprueban las normas para la Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa en poder de las empresas (Pdf - 73,32 KB ).

A continuación se detallan los distintos procedimientos contenidos en la Resolución.

  • COMPROMISO DE SEGURIDAD (Doc - 120,5 KB ).
  • ANEXO I. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE HSEM/HSES (Doc - 26 KB ).
  • ANEXO II. FORMULARIOS PARA SOLICITUD DE HPS (Doc - 24,5 KB ).
  • ANEXO III. TEXTO DEL ACTA NOTARIAL DE RENUNCIA (Doc - 24,5 KB ).
  • ANEXO IV. TEXTO DEL APODERAMIENTO PARA LA FIRMA DEL COMPROMISO DE SEGURIDAD (Doc - 22,5 KB).
  • ANEXO V. FICHA DEL CONTRATISTA (Doc - 22 KB ).
  • ANEXO VI. CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE HSEM/HSES (Doc - 56,5 KB ).
  • ANEXO VII MODELO DE COMUNICACIÓN DE CONTRATO (Doc - 61 KB ).
  • ANEXO VIII. AUTORIZACIÓN DE ACCESO A MATERIAS CLASIFICADAS (Doc - 67 KB ).
  • ANEXO IX. RECIBO DE MATERIAS CLASIFICADAS (Doc - 52 KB ).
  • ANEXO X. AUTORIZACIÓN PARA TRANSMITIR O REPRODUCIR MATERIAS CLASIFICADAS (Doc - 64,5 KB ) (DOCUMENTO ANEXO)
  • ANEXO XI. MODELO DE ACTA DE DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN CLASIFICADA (Doc - 52,5 KB ) (DOCUMENTO ANEXO)
  • ANEXO XII. LISTA DE PERSONAL AUTORIZADO CON ACCESO A ZONA DE ACCESO RESTRINGIDO (ZAR) (Doc - 26 KB ).
  • ANEXO XIII. FORMULARIO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE LA HABILITACIÓN DE UNA PERSONA (Doc - 84,5 KB ).
  • ANEXO XIV. FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISITA INTERNACIONAL (Doc - 22,5 KB ).
  • ANEXO XV. INFORME DE VISITAS (Doc - 56 KB ).
  • ANEXO XVI. CERTIFICADO DE CORREO (Doc - 72 KB ).
  • ANEXO XVII. RECIBO DE TRANSPORTE DE MATERIAS CLASIFICADAS (Doc - 52,5 KB ).
  • ANEXO XVIII.DOCUMENTACIÓN DE SEGURIDAD PARA SISTEMAS CIS (Doc - 109 KB ).

DIRECCIÓN GENERAL DE ARMAMENTO Y MATERIAL

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN, REGULACIÓN Y ESTRATEGIA INDUSTRIAL DE DEFENSA

  • C/ Donoso Cortes, 92
  • 28015 MADRID
  • Teléfonos: 91 550 6231 / 6110 / 6138
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  • Mail: seguridad_industrial@oc.mde.es