Disposición adicional trigésima sexta. Prestaciones familiares de la Seguridad Social y complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, y en su desarrollo el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023:
La cuantía de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, serán los siguientes:
a) La cuantía de la asignación económica establecida en el artículo 353.1, en el supuesto de hijo o hija menor de dieciocho años de edad o de menor a cargo afectado o afectada por una discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento, será en cómputo anual de 1.000,00 euros.
b) La cuantía de la asignación económica establecida en el artículo 353.1, en el supuesto de hijo o hija mayor de dieciocho años a cargo con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, será en cómputo anual de 5.439,60 euros.
c) La cuantía de la asignación económica establecida en el artículo 353.2 para el supuesto de hijo o hija a cargo mayor de dieciocho años, con un grado de discapacidad igual o superior al 75 por ciento y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite el concurso de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos, será en cómputo anual de 8.158,80 euros.
HM
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IMPORTE/MES
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IMPORTE/AÑO
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OBSERV.
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HM1
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83,33 €/MES
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1.000,00 euros/año
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Igual que 2022
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HM2
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453,30 €/MES
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5.439,60 euros/año
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+35,60 € x mes
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HM3
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679,90 €/MES
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8.158,80 euros/año
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+53,30 € x mes
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TERCERA PERSONA PF. POR HIJO A CARGO CON DISCAPACIDAD: 226,60 €/MES (2.719,20 euros/año)