Los beneficiarios del ISFAS adscritos a los servicios de la red sanitaria pública tendrán acceso a las ayudas o prestaciones previstas en el ámbito del Servicio de Salud de la correspondiente Comunidad Autónoma o del INGESA, en el caso de Ceuta y Melilla.
Los adscritos a Entidades de Seguro concertadas se regirán por lo estipulado en los conciertos vigentes en cada momento.
Los beneficiarios adscritos al régimen de colaboración concertada con la Sanidad Militar, tendrán acceso al transporte sanitario no urgente a través de los correspondientes medios concertados. Además serán objeto de reintegro o reembolso a través del ISFAS los gastos de transporte en medios ordinarios por desplazamientos interprovinciales que deban realizar para su asistencia por otros servicios asignados al no disponerse de los medios requeridos en el Hospital de la Defensa de su provincia de residencia.
En determinados supuestos, ISFAS facilita ayudas suplementarias para:
Quedan excluidos de estas prestaciones: