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Cuantías mensuales de la compensación económica

Anexo III de la Orden Ministerial 51/2023, de 22 de diciembre

GRUPOS DE LOCALIDADES GRUPOS DE CLASIFICACIÓN del PERSONAL (1)
Subgrupo A1 Subgrupo A2 Subgrupo C1 Subgrupo C2
* Cantidades en euros

(1) Grupos de clasificación de personal:

Equivalencias entre los empleos militares y los grupos/subgrupos de clasificación de los funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas, establecidas en el artículo 152.2 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, según la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, en concordancia con el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público:

  • Subgrupo A1: General de Ejército, Almirante General o General del Aire a Teniente.
  • Subgrupo A2: Alférez y Suboficial Mayor a Sargento.
  • Subgrupo C1: Cabo Mayor a Soldado con una relación de servicios de carácter permanente.
  • Subgrupo C2: Cabo Primero a Soldado con una relación de servicios de carácter temporal.
Grupo 0 783,94 695,43 602,48 518,74
Grupo 1 735,50 629,71 525,78 452,62
Grupo 2 629,97 534,50 446,17 383,95
Grupo 3 554,10 472,31 394,13 339,13
Grupo 4 481,26 410,07 342,13 294,29
Grupo 5 408,39 347,90 290,11 249,45
Grupo 6 335,51 285,67 238,09 204,57
Grupo 7 262,68 223,53 186,07 159,77