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24/06/2013
OM relativa a cuantías compensación económica y áreas geográficas
Esta Orden Ministerial entrará en vigor y surtirá efectos económicos a partir del día 1 de julio de 2013
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa la Orden Ministerial 37/2013, de 13 de junio, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas, se identifican como una única localidad determinadas áreas geográficas y se dan normas para su aplicación.
Las novedades más destacables respecto a la normativa actualmente vigente son las siguientes:
- A diferencia de las anteriores Órdenes Ministeriales sobre la materia, en esta Orden se incluye todo lo relacionado con la compensación económica y con las áreas geográficas, y deroga cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en ella.
- Respecto a los cánones de uso de las viviendas militares y plazas de aparcamiento, continúan vigentes las Órdenes Ministeriales 70/2012, de 25 de septiembre, y 10/2012, de 22 de febrero.
- Se mantienen las cuantías de la compensación económica vigentes en la actualidad (las que establece la OM 10/2012, de 22 de febrero).
- Eliminación de la unificación de la cuantía de la compensación económica para aquellas localidades que componen una misma área geográfica (Anexo II). Cada perceptor de compensación económica, a partir del 1 de julio, percibirá la cuantía de la compensación económica que le corresponda en función de la inclusión de su localidad de destino en los grupos del Anexo I y de su grupo de clasificación personal.
- Modifica la composición de las áreas geográficas (Anexo II).
- Aumento de la distancia en kilómetros a la localidad en la que el solicitante/perceptor de compensación puede establecer su residencia habitual: localidad de destino u otra situada a una distancia máxima de 100 kilómetros (en la actualidad son 50 kilómetros).