IEEE. Del campo de batalla a la construcción de la paz: el papel de las autoridades en la desmovilización y reinserción de las niñas soldados en la Colombia del futuro

26 ene 2026
IEEE. Del campo de batalla a la construcción de la paz: el papel de las autoridades en la desmovilización y reinserción de las niñas soldados en la Colombia del futuro
Paula Andrea Macías Gómez
Introducción: Las víctimas invisibles en un conflicto sin final.
Colombia, un país lleno de resiliencia y esperanza inició una nueva etapa en su historia reciente increíblemente complejo, pero inmensamente transformador, un camino para dejar atrás las casi cinco décadas de un conflicto armado interno que ha dejado cicatrices profundas y en su lugar avanzar hacia la consolidación de la paz en un proceso que ha tenido logros significativos, pero que desde luego enfrenta desafíos constantes. Durante esos más de 50 años ha sido escenario de un conflicto que involucra diversos actores; guerrillas como las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), Grupos Paramilitares, Agentes Estatales y Bandas Criminales (BACRIM). Las causas que originaron este conflicto son múltiples, pero las más destacadas y persistentes son la desigualdad socioeconómica, la concentración de la propiedad de los territorios, la escasa presencia del Estado en algunas regiones y la influencia del narcotráfico siendo este último el motor económico y estratégico que proporciona a los grupos armados ilegales una fuente masiva de ingresos.
El costo humano y social de este conflicto ha sido devastador: millones de víctimas que incluyen muertos, desaparecidos, desplazados forzosos, secuestrados y un sinnúmero de violaciones a los derechos humanos, siendo una de las más relevantes por lo dramático que el acto en sí comprende, y por sus efectos psicosociales a largo plazo es convertir a los menores de edad desde muy temprana edad en simples objetos para la ejecución de tareas en un conflicto armado interno que no parece tener un final; alistándolos, reclutándolos y usándolos para aumentar sus filas rápidamente, permitiendo con ello reemplazar bajas y mantener el tamaño del grupo sin recurrir al reclutamiento de adultos que pueden ser más costosos y difíciles de reclutar. Además, rebajando con ellos los costos e incrementando el control, los menores son más económicos de sostener y más fáciles de dominar, adoctrinar y disciplinar. Así mismo, sirven para patrullar como centinelas, transportar explosivos, participar en ataques suicidas, en minas o como escudos humanos, también cumplen con funciones en cocina, mensajería, vigilancia, recolectan información y ayudan en actividades de logística y sostenimiento de las estructuras del grupo. Debe señalarse la violencia sexual y de género a la que son sometidas las niñas y adolescentes; explotación, forzadas a roles de parejas de combatientes, maternidad forzada o embarazo interrumpido, en fin, utilizadas como esclavas sexuales. Violencia en general que refuerza el control social. En tal sentido el uso de los menores de edad no solo intimida a las fuerzas armadas regulares también a la población civil ya que la presencia de menores con armas complica la respuesta de las fuerzas armadas colombianas y genera impacto mediático. No es vano que Colombia se destaque como uno de los treinta países donde los menores sufren más a causa del conflicto, y el cuarto país entre los países del mundo con mayor número de menores en grupos armados ilegales (ONU, 2006).1 Esta problemática goza de atención internacional y aunque es sumamente preocupante no deja de ser ajena para países donde esto es desdeñable.
El reconocimiento de niñas, niños y adolescentes (NNA) como sujetos de especial protección en el ordenamiento jurídico colombiano y el Derecho Internacional,2 es un pilar fundamental que nos recuerda que debemos cambiar la historia evitando que la vida cotidiana de los niños-niñas y adolescentes tengan la guerra como parte de su vida en la que se entrelazan aspectos biológicos, psicológicos, sociales y éticos. Tal reconocimiento se basa en su particular vulnerabilidad y en la trascendencia de esta etapa de la vida tanto para su desarrollo individual como para el futuro de la sociedad. Sin embargo, existe una brecha entre la normativa y la cruda realidad a la que se enfrentan las niñas excombatientes, dificultando la garantía de su dignidad, sanación y reintegración plena. Por esta razón el proceso de reconstrucción de memoria histórica es vital ya que a través de esta tenemos el reconocimiento, la restitución de los derechos y por último la dignificación de la infancia sometida a “prácticas atentatorias de su integridad personal y su libertad sexual, tales como abortos, planificación forzada, acoso y violencia sexual, enfermedades de transmisión sexual, a las que se suman enfermedades producto de las condiciones del medio selvático, desnutrición, trabajos forzados, presencia de violencia, uso de armas, participación en actividades ilícitas, disciplina militar, torturas, castigos desproporcionados entre otros.”3 Estas prácticas no solo afectan la integridad física y personal sino que acaban con el alma, destruyendo la posibilidad de reconstrucción del tejido social. No es viable seguir permitiendo que los conflictos armados internos acaben con las escuelas para que estas sean convertidas en cuarteles y que sus estudiantes terminen siendo soldados.
Este panorama desolador subraya la urgencia de seguir trabajando en la construcción de una paz que sea duradera y sostenible en el tiempo, por tanto, es imperativo que el Gobierno Colombiano persista en los esfuerzos por garantizar que se va a escuchar la verdad y que las víctimas serán reparadas de manera integral, especialmente esas niñas y adolescentes afectadas por el conflicto. Solo a través de la verdad, la justicia, el perdón y la no repetición se podrán intentar sanar esas heridas profundas del pasado y asegurar un futuro en el que las nuevas generaciones puedan crecer libres de violencia, desarrollando todas sus potencialidades. La memoria histórica no es solo un acto de reconocimiento, sino una herramienta fundamental para la reconciliación y la dignificación de quienes padecieron y padecen la barbarie de este conflicto armado, sentando las bases para una sociedad más justa y equitativa. Si bien, el proceso enfrenta una serie de desafíos y carencias, impidiendo su completa implementación con la penosa persistencia de la violencia y una fuerte polarización política que ha debilitado y estancado sus avances, la voluntad política del gobierno sigue siendo la clave y debe estar centrada en las comunidades más afectadas por el conflicto con la finalidad de salvaguardar las vidas de esas niñas y adolescentes evitando así la repetición.
Llamamiento a la acción: de la normatividad a la realidad.
El marco normativo para la protección de estas menores de edad existe y es fuerte, las normas tanto a nivel interno como internacional se encuentran fundadas en el principio del interés superior del niño y el reconocimiento de estas - niñas y adolescentes- como sujetos plenos de derechos.
A nivel Nacional Colombia cuenta con el artículo 44 y 45 de la Constitución Política de Colombia,4 la Ley 1098 de 2006 (código de infancia y adolescencia), los artículos 1 y 20 (Derechos de Protección),5 la Ley 599 de 2000 (Código Penal Colombiano), el artículo 162 (Reclutamiento ilícito),6 la Ley 418 de 1997 (Ley de Orden Público, y sus prórrogas y modificaciones); reconoce a los menores de edad que han tomado parte en el conflicto como víctimas y ordena al ICBF a diseñar y ejecutar programas especiales de protección y asistencia para ellos. De igual forma la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras); los reconoce como víctimas de reclutamiento y como sujetos de derechos de verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición. Finalmente, el Decreto 4690 de 2007, crea la Comisión Intersectorial para la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por grupos organizados al margen de la ley, con el fin de coordinar las acciones estatales en esta materia.
A nivel internacional también cuenta con el marco normativo ratificado por Colombia; el artículo 38 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1989)7, ratificada mediante la Ley 12 de 1991. El Artículo 4 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (OPAC, 2000),8 aprobado mediante la Ley 833 de 2003. Artículo 4.3.c)9 El Protocolo Adicional II (relativo a los conflictos armados sin carácter internacional): Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977, El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998): Aprobado por Colombia mediante la Ley 742 de 2002, este Estatuto tipifica el reclutamiento o alistamiento de niños menores de 15 años en las fuerzas o grupos armados, o su utilización para participar activamente en las hostilidades, como un crimen de guerra. Normatividad que permite la persecución y sanción internacional de los responsables de este delito. De igual forma se cuenta con el Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil (1999): Aprobado por Colombia mediante la Ley 704 de 2001, que incluye el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados como una de las peores formas de trabajo infantil, lo que impone a los Estados la obligación de tomar medidas inmediatas para su eliminación.
A pesar de este sólido sistema normativo, la utilización de niñas y adolescentes en el conflicto armado colombiano muestra que una cosa es el deber ser y otra la realidad cruda. La existencia de leyes y convenios internacionales que reconocen a las menores como sujetos de especial protección es fundamental, pero su aplicación efectiva y la garantía de su dignidad, sanación y reintegración plena sigue quedando en mora. El Estado colombiano con ayuda de la sociedad civil están llamados a lograr que el sistema normativo se aplique con la finalidad de fortalecer la prevención, la judicialización de los responsables y la implementación de programas integrales que garanticen la restitución de los derechos vulnerados. Solo así se podrá pasar de un marco normativo estático a una realidad donde los menores estén protegidos y los responsables se hagan cargo de sus conductas violentas, esto al final es un imperativo ético y moral para lograr la construcción de la paz duradera y justa.
El acuerdo de paz: ¿Una promesa incumplida para las niñas excombatientes?
El acuerdo de Paz suscrito en la Habana en el 2016 se presentó como un faro de esperanza, no solo prometiendo el cese de hostilidades, sino también siendo la oportunidad de sanar heridas, buscando no solo proteger de forma inmediata a NNA sino también abordar las causas estructurales del conflicto, con él se aspiraba no solo a garantizar la restitución de sus derechos y a sentar las bases para que no exista repetición. Un Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia, es la premisa fundamental del acuerdo de paz en Colombia.
Un aspecto central de ese compromiso es lograr la desvinculación y el restablecimiento de derechos de las niñas que habían sido parte de los grupos armados, proceso apoyado por El Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Instituto de Bienestar Familiar (ICBF) permitiendo ser reconocidas en primer lugar como víctimas del conflicto y no como participantes o actores de este. Tal distinción refuerza su condición de sujetos de especial protección y abre el camino para priorizar la restitución de sus derechos y que su acompañamiento sea integral en el retorno a la vida civil.
El acuerdo final presta atención especial a los grupos más vulnerables entre ellos las niñas excombatientes donde las transformaciones que se deben implementar deben revertir los efectos del conflicto y cambiar las condiciones que han facilitado la persistencia de la violencia, a juicio de las FARC-EP dichas transformaciones deben contribuir a solucionar las causas históricas del conflicto (Gobierno de Colombia, 2016).10 En el apartado 3.2.2.5 del Acuerdo de Paz, se recopila el proceso de reinserción con base a los Derechos de la Infancia, el párrafo No. 2 indica que “el programa deberá garantizar la reincorporación integral del menor y su acompañamiento psicosocial, con la veeduría de las organizaciones sociales o especializadas (…)” (Gobierno de Colombia, 2016).11 Sin embargo, nueve años después de la firma del Acuerdo de Paz, la esperanza de un futuro sin violencia para la niñez colombiana sigue siendo esquiva, por esta razón su desvinculación, atención diferencial y reintegración muchas veces requieren un enfoque con perspectiva de género, pues su experiencia es distinta a la de los niños varones, y las niñas de pueblos indígenas o afrocolombianos están doblemente vulnerables; por género y por pertenecer a comunidades étnicas con menor protección estatal de allí que los obstáculos políticos, económicos, y sociales, sumados a la escasa presencia estatal en zonas rurales, han permitido que el reclutamiento continúe y que la instrumentalización de estas menores persista.
El Registro Único de Víctimas de Colombia calcula que más de 9 millones de personas se han visto afectadas de manera directa o indirecta por el conflicto armado colombiano, de las cuales, aproximadamente 2 millones son menores de 17 años, siendo la franja de 12 a 17 años la más afectada (Unidad de Víctimas, 2025).12 Además, el Centro Nacional de Memoria Histórica estima que en el conflicto armado en Colombia se han reclutado y utilizado 18.275 (NNA),13 siendo estos los que más han sufrido el conflicto. De otro lado, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar indica que desde 1999 hasta 2018, han atendido 6.570 (NNA) desvinculados, de los cuales 3.913 hicieron parte de las Farc, lo que significa el 60% de las víctimas (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2018)14 y en el tablero de desvinculados del ICBF en el mismo periodo el 29,30% pertenecen al sexo femenino (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2018)15, se puede reiterar que en el caso de las niñas, ellas se encuentran especialmente expuestas a la violencia sexual y la violencia reproductiva; sexual siendo forzadas no solo a ejercer actos sexuales y reproductiva cuando son forzadas a la toma de anticonceptivos, embarazos forzados o interrumpidos. (Defensoría del Pueblo y UNICEF, 2006, p.37).16
Existen evidencias oficiales que muestran el reclutamiento de (NNA) por grupos armados en Colombia, se puede señalar en cifras desde 1999 cuando el Instituto de Bienestar Familiar (ICBF) crea el programa de atención Especializada para niños, niñas y adolescentes desvinculados de grupos armados organizados al margen de la Ley.17 Indican las cifras que desde el mes de noviembre de 1999 hasta 31 de julio de 2020 el ICBF atendió a 6.860 NNA víctimas del reclutamiento, de los cuales el 70% son hombres y el 30% son mujeres. De igual forma, el ICBF junto con el Fondo de Naciones Unidas para la infancia, presentaron un informe el cual da a conocer que entre el 2013 y 2022, los departamentos que muestran mayores casos de reclutamiento son Antioquía, Chocó, Cauca, Nariño, Caquetá, Arauca, Meta y Putumayo, así mismo, la entidad aseguró que, desde 1999 al 30 de abril de 2023, el ICBF atendió a 7.382 menores de edad, de los cuales 5.642 se han desvinculado de manera voluntaria individual, 1.300 recuperados por las fuerzas Militares y 440 a través de entregas colectivas.18 Aunque muchas de las bases de datos agrupan a (NNA), el estudio reciente 2013-2022 realizado por el ICBF y UNICEF señala que se observa una afectación diferencial para niñas y para población étnica (indígena y afrocolombiana).19 Otro ejemplo, el boletín de la Defensoría del Pueblo para 2023 registra que de 184 casos de reclutamiento forzado de menores, 74 eran niñas, 20 y en el histórico general del ICBF hasta 2020 se señala que aproximadamente el 30% de los menores atendidos eran niñas/mujeres.
Aunque los datos existentes desde 1999 en adelante, no siempre están desagregados por sexo femenino, por edad o por tipo de vinculación (combatiente activo, tarea de apoyo/logística, explotación sexual y/o violencia reproductiva), las formas de vinculación de ellas no quedan visibilizadas en estadísticas ya que estas se centran en el reclutamiento tradicional, dejando de lado esas otras formas de reclutamiento violento como la explotación sexual, ser parejas de combatientes, y estar en roles de apoyo. Eso quiere expresar que la clandestinidad del fenómeno dificulta el acceso a la información aún más detallada de solo niñas.
Esta triste realidad nos interpela directamente, para que la protección de la niñez colombiana sea asunto de todos, sea una responsabilidad colectiva que trascienda cualquier acuerdo o política pública, cooperar es la única forma para que el legado del conflicto sea erradicado. Solo garantizando las condiciones de seguridad, bienestar y desarrollo integral se podrá transformar el acuerdo en acciones concretas que blinden a la niñez del horror de la guerra.
¿Atención diferencial? Reintegración o Restablecimiento de Derechos.
La atención diferencial es el enfoque de reconocimiento de la experimentación del conflicto armado de maneras distintas, por lo tanto, la atención especial debe ser diferencial según su edad, género, etnia, discapacidad, identidad cultural o situación particular. Al no sufrir los mismos impactos requieren procesos de reparación y reincorporación con sus particularidades adaptables a necesidades específicas, por lo tanto, ellas, esas niñas y adolescentes deben beneficiarse de esa atención diferencial, por ser víctimas al ser reclutadas y no responsables. La atención que se les debe brindar debe ser especializada y adaptable a sus necesidades físicas, psicológicas, sociales y culturales.
Al mismo tiempo, la reintegración o reincorporación es ese proceso, ese tránsito en el cual los menores que estuvieron armados retornan a la vida civil en condiciones de dignidad y seguridad con la atención integral de las dimensiones política, económica y social, logrando acceder a sus derechos plenos para alcanzar un proyecto de vida, con apoyo psicológico, educación y formación, acompañamiento familiar, apoyo económico o alimentario y fortalecimiento de habilidades sociales y emocionales. En Colombia esta reintegración es voluntaria y se hace con el apoyo de entidades como el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar). Paralelamente, el restablecimiento de derechos es la reparación integral, es decir, garantizar que los derechos que les fueron violados a las niñas y adolescentes durante su vinculación al conflicto sean restituidos, devolver a las víctimas a la situación anterior a la violación de sus derechos proporcionando atención médica y psicológica para sanar sus traumas físicos y emocionales del conflicto, rehabilitándolas e indemnizándolas económicamente por los daños sufridos.
De lo anterior se desprende que esas niñas y adolescentes deben ser atendidas con un enfoque diferencial, reconociendo que cada una tiene una historia y unas necesidades únicas. El primer paso es el restablecimiento de sus derechos reparando los daños sufridos como víctima y dando lugar poco a poco a una reintegración que ya es un proceso de largo plazo, volver a la sociedad con acompañamientos adecuados para construir un nuevo proyecto de vida. Así las cosas, la respuesta a la pregunta es: Atención diferencial si, con restablecimiento de sus derechos como primer paso y reintegración a la sociedad como proyecto de vida.
Aunque Colombia cuenta con ese marco normativo sólido frente al reclutamiento de menores, la persistente ausencia efectiva del Estado en los vastos territorios del país ha permitido que estructuras criminales continúen operando impunemente. La omisión institucional y la débil presencia estatal no solo favorecen la acción de los actores armados, sino que obstaculizan la materialización de los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Paz, especialmente en lo que respecta a la atención diferencial, la reintegración y el restablecimiento de derechos de NNA víctimas del conflicto.
Como lo ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “Las desigualdades que han persistido pese al desarrollo y crecimiento económicos han sido una constante fuente de conflicto en Colombia”21
En otras palabras, el problema no radica exclusivamente en la ausencia de normatividad, por el contrario, las leyes, programas y mecanismos institucionales existen, al igual que el acompañamiento de agencias internacionales. Sin embargo, la verdadera dificultad está en la voluntad política para implementar y sostener los programas de forma eficaz y localizada, sin una ejecución integral y coherente por parte del Estado colombiano, la prevención del reclutamiento forzado y la protección efectiva de las víctimas, especialmente las niñas y adolescentes mujeres, que enfrentan afectaciones diferenciadas, seguirá siendo una deuda histórica.
Para ilustrar la dimensión real de esta problemática, vale la pena mencionar tres casos concretos que evidencian patrones y modalidades actuales del reclutamiento forzado de niñas en Colombia:
Ejemplo número 1: Uso de niñas en contextos indígenas del Cauca.
Entre 2019 y 2024 se ha documentado el reclutamiento de menores de edad por parte de grupos armados ilegales en comunidades indígenas del departamento del Cauca, de los cuales alrededor del 35% eran niñas o adolescentes mujeres.22 Su vinculación no se limita a funciones de combate; también han sido utilizadas en tareas de logística, vigilancia, mensajería, apoyo doméstico e incluso como víctimas de violencia sexual y de género. Esta situación refleja como el vacío institucional en territorios rurales y étnicos permite la reproducción del reclutamiento forzado, profundizando las violencias estructurales y la invisibilización de las afectaciones específicas que enfrentan las niñas. Se menciona que las menores han preferido quitarse la vida antes de ser ingresadas a las filas en algunos casos.23 Este ejemplo ilustra cómo la dimensión étnica (pueblos indígenas) y de género (niñas) se combinan para aumentar la vulnerabilidad.
Ejemplo número 2: Captación/uso de niñas mediante redes sociales y modalidades modernas.
Un informe de la oficina de Derechos Humanos de la ONU en Colombia reveló que entre 2022-2024, el 39.7% de las víctimas de reclutamiento y utilización de menores eran niñas o adolescentes mujeres, es decir, de 657 casos 261 eran del sexo femenino.24 El informe subraya que las niñas se ven afectadas por la violencia de género, incluida la violencia sexual y reproductiva, y por el reclutamiento mediante captación o acoso infantil con fines sexuales. Esto ha ampliado el espectro de riesgos, especialmente para niñas que residen en entornos urbanos, donde antes no se contemplaban como objetivos principales de reclutamiento. La captación digital representa una nueva frontera de violencia que requiere respuestas institucionales actualizadas y con enfoque de género.
Ejemplo número 3: Estadísticas recientes de niñas en reclutamiento forzado.
Según el medio Infobae recoge que en el 2024 hubo 541 casos de reclutamiento forzado de menores en Colombia, de los cuales 216 correspondían a niñas.26 Esta cifra evidencia no solo la persistencia del fenómeno, sino el aumento proporcional de las víctimas del sexo femenino. A esto se suma el reporte de la Defensoría del Pueblo, que solo en el primer semestre de 2025 registró 55 casos, de los cuales 26 fueron niñas o adolescentes mujeres. Estas cifras confirman que, lejos de haberse erradicado, el reclutamiento continúa siendo una de las formas más crueles de violencia contra la niñez,26 con impactos diferenciados y devastadores para las niñas, quienes enfrentan además múltiples barreras para su restitución de derechos y reintegración.
El objetivo de la reparación
El objetivo no es solo la compensación o restauración, la reparación es la verdadera transformación de las condiciones que provocaron su vulnerabilidad al reclutamiento. La Corte Constitucional Colombiana, en su sentencia T-025/200427, sostiene que el reconocimiento y la protección de los niños desvinculados de los grupos armados es fundamental para evitar la repetición. La Ley 1448 de 2011, conocida como la Ley de víctimas y Restitución de tierras, es una legislación colombiana que establece medidas para la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno, proporcionando un conjunto de medidas holísticas de atención, asistencia y reparación. Cuando hablamos de víctimas del conflicto no debería existir una atención diferencial, pero el paso de las niñas desvinculadas de grupos armados por el programa del ICBF28 no constituye un programa para la reintegración como excombatientes, sino que es un plan de restablecimiento de derechos en su calidad de menores de edad víctimas del conflicto armado, cuando lo que en realidad corresponde sería llamarlas víctimas movilizadas concediéndose el proceso de reintegración en calidad de excombatientes con el fin de que su proceso no se vea interrumpido una vez cumplan con la mayoría de edad.
Las niñas excombatientes menores de edad se encuentran bajo protección del ICBF, el cual realiza el proceso de restablecimiento de sus derechos atendiendo a esa especial protección por ser menores de edad, donde el único beneficio es que se les concede el tratamiento diferencial en su calidad de víctimas, pero al llegar a su mayoría de edad ese proceso termina. Las combatientes mayores de edad inician su proceso en la Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR), en consecuencia, para el Estado Colombiano la condición de víctima desaparece una vez se cumpla con la mayoría de edad y a partir de entonces son tratadas como desmovilizadas y no como desvinculadas, este cambio de estatus tiene profundas implicaciones legales, sociales y simbólicas que afectan sus derechos, su acceso a la justicia y su proceso de reparación.
Al dejar de ser consideradas como víctimas, estas mujeres son excluidas del Registro Único de Víctimas (RUV), lo cual les impide acceder a las medidas de reparación integral contempladas en la Ley 1448 de 2011 (Ley de víctimas), perdiendo beneficios fundamentales como el acompañamiento psicosocial especializado, la atención médica prioritaria, apoyos educativos y programas de vivienda. En suma, el enfoque de justicia transicional resulta limitado al ser catalogadas como desmovilizadas y en consecuencia se les exige asumir responsabilidades ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), sin que se reconozca que muchas de ellas fueron reclutadas siendo niñas y fueron víctimas de formas múltiples de violencia. Esta clasificación obstaculiza la inclusión de sus testimonios sobre reclutamiento forzado, violencia sexual y explotación infantil como violaciones graves de derechos humanos en los procesos judiciales.
A esto se suma una preocupante desprotección frente a violencias de género y traumas infantiles. El estado omite aplicar un enfoque diferencial y de género, desconociendo que muchas de estas mujeres fueron víctimas de violencia sexual, violencia reproductiva, madres forzadas o parejas de comandantes siendo aún menores de edad. Al no existir ese reconocimiento no son beneficiarias del acceso a servicios de salud especializados como salud mental, sexual y reproductiva, lo que perpetúa su revictimización. Así mismo, son excluidas de programas de reparación simbólica y comunitaria, las medidas de perdón, memoria y reconstrucción identitaria, diseñadas para niñas víctimas del reclutamiento que no le son aplicables a quienes son clasificadas como excombatientes adultas, silenciando con ello sus historias, reforzando la estigmatización y fracturando los procesos de reparación colectiva necesarios para la reconciliación.
Se puede inferir una inconsistencia en la forma en que el Estado Colombiano ha tratado a las mujeres excombatientes que fueron reclutadas siendo menores de edad, pero que se desvinculan del conflicto siendo mayores de edad. Por un lado, dejan de ser víctimas y por el otro se les clasifica como desmovilizadas, esta diferenciación no es menor y tiene consecuencias profundas, tanto en el acceso a derechos como en los procesos de verdad, justicia, reparación y reintegración. Esta inconsistencia en el trato no solo genera una revictimización, sino que obstaculiza la verdadera reparación y reintegración de estas niñas y adolescentes. El Gobierno colombiano tiene la responsabilidad ineludible de unificar criterios, asegurando que las niñas y adolescentes excombatientes reciban un proceso de reintegración continuo y que no se vea truncado por la mayoría de edad, las heridas del conflicto requieren un proceso de sanación y reintegración que va más allá de límites etarios, el sistema debe garantizar el soporte integral y sin interrupciones que les permita finalmente, reconstruir sus vidas y ser parte activa de una sociedad en paz.
El camino hacia la construcción de la paz: Verdad y Reparación
En palabras de la Corporación Rosa Blanca, a través de los testimonios: historias de mujeres víctimas de reclutamiento forzado, violencia sexual y basada en género por parte de las FARC-EP (Centro Nacional de Memoria Histórica)29 “La implementación de un verdadero proceso de justicia transicional implica la develación de la verdad de lo ocurrido por parte de los responsables, el reconocimiento de las víctimas afectadas y la activación de medidas de reparación integral, así como la implementación de penas ejemplarizantes de los responsables que verdaderamente contribuyan a resarcir los daños causados” seguidamente indican “Lamentablemente, la Corporación Rosa Blanca en su defensa de los DD. HH. Ha venido encontrándose, dentro de las entidades del Estado que garantizan la implementación del Acuerdo de Paz, con la invisibilización de los daños causados a muchas niñas y adolescentes por parte de esta guerrilla (…)”
Nuestro país ha crecido en medio de un conflicto armado de más de un siglo, somos hijos de la guerra, nuestra niñez ha tenido contacto permanente con la violencia, por ende, es aceptada y utilizada como arma para la solución de todo tipo de dificultades y conflictos. Con su aceptación, ella la violencia se ha vuelto paisaje, se engalana y facilita la vinculación de estas niñas y adolescentes a grupos armados ilegales. La instrumentalización de los menores tiene diversas modalidades, una de ellas, el reclutamiento coercitivo que no es otra cosa que un secuestro simple30 y de otro lado, el ingreso voluntario de los menores a las filas de estos grupos, que no es otra cosa que una campaña de abuso de los menores de edad, por su mayor vulnerabilidad diseñada para incluirlos en la guerra. Los datos dan cuenta que está práctica se ejecuta desde el año 1964, (Arenas, 1972, pág. 16)31
Se debe desinstitucionalizar la utilización de niñas soldado como práctica del conflicto armado colombiano y lograr finalmente su erradicalización, es un compromiso de la sociedad pues el primer paso para lograrlo es el cambio de paradigma y la reeducación en valores de todos los que conforman la sociedad Colombiana. La búsqueda es que a futuro ningún soldado del ejército tenga que decidir cuándo se encuentre con un menor de edad soldado hostil. O al menos que esté preparado para sopesar las complejidades que tal práctica en terreno lo pueda llegar a afectar.
Implementación de acuerdo
Con la implementación del acuerdo se logró la desvinculación de algunos menores de las filas de este grupo armado, pero esa emancipación del grupo no implica la desconexión psicosocial del conflicto armado, pues el reclutamiento en sí y los vejámenes a los que son sometidos es un hecho que continúa latente en Colombia con otros niñas y adolescentes y otros actores armados. El papel del gobierno y de las autoridades colombianas es vital en la desmovilización y reintegración de las niñas exsoldados, va más allá de la simple entrega de armas e implica un compromiso constante con su protección, restablecimiento de sus derechos, rehabilitándolas e garantizando sus derechos para que puedan reconstruir sus vidas y ser miembros productivos de la sociedad.
Las autoridades colombianas enfrentan constantes e importantes desafíos y críticas, toda vez que el reclutamiento de niñas y adolescentes persiste por parte de los grupos armados residuales y nuevas organizaciones criminales, ellas son especialmente vulnerables a la violencia sexual y de género, enfrentando amenazas y ataques después de la desmovilización poniendo no solo el proceso de reincorporación en riesgo sino su propia vida. En consecuencia, lo primero es trabajar en la sensibilización de las comunidades para reducir el estigma y la discriminación evitando que lo padezcan y regresen al conflicto. La reintegración y el restablecimiento de los derechos es un proceso largo, en segundo lugar, se debe apostar por el rastreo y la reunificación con sus familias de origen, siempre y cuando el entorno sea seguro, también en el proceso las autoridades deben coordinar con el Ministerio de Educación el libre acceso a la educación formal. También programas de formación técnica y vocacional para que los jóvenes adquieran habilidades que les permita ser productivos a nivel laboral.
Conclusiones
Si bien es cierto que el acuerdo de paz logró la desvinculación de una cifra considerable de menores, con la ayuda de la UNICEF quien jugó un papel importante asegurándose que estos fueran tratados como víctimas, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) a través de sus programas de atención y reintegración brindaron apoyo psicosocial, educativo y oportunidades para la reconstrucción de sus vidas, logrando con éxito el enfoque que los niños excombatientes son víctimas y no actores en el conflicto. La realidad es otra y muy dolorosa, el reclutamiento continúa ya en cabeza de otros actores armados ilegales como las disidencias de las FARC32, el ELN y bandas criminales, nuestros niños, niñas y adolescentes siguen siendo utilizados, desde labores de inteligencia y logística hasta participación directa en hostilidades.
El acuerdo de paz de Colombia es ampliamente valorado, pese a los desafíos que comprende su implementación, los obstáculos y retrasos se le atribuyen a factores políticos, económicos y sociales especialmente en las zonas rurales donde la presencia del Estado es escasa y débil, y es que terminar un conflicto de más de 50 años con la guerrilla más antigua de América Latina no resulta fácil. He de reconocer que a pesar de sus virtudes el acuerdo sigue enfrentando dificultades de implementación, la persistencia de la violencia en algunas regiones por parte de otros grupos armados, el incumplimiento de algunos puntos del acuerdo y la falta de inversión y atención del Estado en zonas rurales han dejado nuevamente la puerta abierta al reclutamiento de los menores de edad.
En Colombia el conflicto ha tomado un carácter permanente por la multiplicidad de los actores que en él confluyen, convirtiendo como algo habitual, reiterado e institucionalizado que las niñas se conviertan en soldado y formen parte de estos grupos, Peter Singer explica el fenómeno indicando que es un problema derivado de la pobreza o desde los avances tecnológicos permitiendo el manejo de armamento liviano.33 En mi opinión la vulnerabilidad es un factor igualmente determinante para lograr esa conversión.
En la Colombia del futuro, el éxito de la desmovilización y reinserción de las niñas soldados dependerá de la capacidad de las autoridades para actuar de manera coordinada, con un enfoque integral, de género y diferencial. No se trata solo de desarmar y desmovilizar, sino de garantizar que esas niñas tengan la oportunidad de recuperar su infancia, su dignidad y de construir un futuro lleno de oportunidades. El papel de las autoridades no es solo el de ofrecer programas, sino el de ser garantes de los derechos de esas niñas, creando un entorno seguro y de apoyo que les permita sanar sus heridas y convertirse en agentes de cambio en sus propias vidas y comunidades.
En todo caso, la existencia de un marco legal y de políticas públicas no basta por sí sola para erradicar el reclutamiento forzado de menores, especialmente cuando se trata de niñas y adolescentes, la falta de acción por parte de Estado, la falta de implementación en los territorios y la ausencia de un enfoque de género robusto ayudan a perpetuar la práctica sistemática de violencia que afecta a cientos de niñas menores en Colombia. Superar esta problemática exige además de la voluntad política, una inversión sostenida y la presencia real y eficaz del Estado en los territorios, así como el reconocimiento explícito de las violencias específicas que enfrentan las niñas en el contexto del conflicto armado colombiano.
Paula Andrea Macías Gómez
Las ideas contenidas en estos artículos son responsabilidad de sus autores, sin que reflejen necesariamente el pensamiento del CESEDEN o del Ministerio de Defensa.
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Del campo de batalla a la construcción de la paz: el papel de las autoridades en la desmovilización y reinserción de las niñas soldados en la Colombia del futuro
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From the Battlefield to Peacebuilding: The role of authorities in the demobilization and reintegration of girl soldiers in the Colombia of the future
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