Identidad de los titulares de los órganos de gobierno y representantes

Inscripción de titulares de órganos de gobierno y representantes de una asociación en el RAPFAS

Cuando se produzca una modificación en la titularidad de los órganos de gobierno o un cambio en los representantes de la asociación, se deberá comunicar tal situación al Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas en el plazo de un mes. En el caso de no respetar el plazo señalado, se entenderá que el mandato de los representantes, o de los órganos de gobierno, ya inscritos como tales, continuará vigente conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.

Artículo 43. Representantes de las asociaciones.

Tendrán la condición de representantes de las asociaciones profesionales aquellos militares profesionales que, encontrándose en las situaciones administrativas a las que se refiere el artículo 34.1 y teniendo la condición de afiliados, hayan sido designados para ello de acuerdo con el procedimiento establecido en sus estatutos. Los efectos de dicha designación se producirán a partir del día siguiente en su inscripción en el Registro de asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas.

Para la inscripción de una modificación en la titularidad de los órganos de gobierno o de los representantes de la asociación, se deberá dirigir una solicitud al Registro que deberá contener la identificación del solicitante, poder con el que actúa y la identificación de la asociación mediante el número de inscripción en el Registro, a la que se acompañará el acta de la reunión en la que se hubiera acordado la renovación de los órganos de gobierno o el nombramiento de los nuevos representantes, con arreglo al procedimiento estatutariamente establecido, o certificación de dicha acta o de los acuerdos de que se trate, en la que constará la fecha de adopción, y que deberá venir extendida por persona competente para ello, de acuerdo con los estatutos de la asociación.

En la solicitud figurarán los siguientes datos:

  • Nombres, apellidos, domicilio y Documento Nacional de Identidad de los nuevos titulares de los órganos de gobierno o de los nuevos representantes.
  • Ámbito de representación y poderes generales o especiales otorgados a los representantes.
  • Fecha del nombramiento y, en su caso, de la ratificación y aceptación por los titulares, junto con el período de duración de los cargos, si así se especificara en sus estatutos.
  • Fecha de la revocación y cese, en su caso, de los titulares salientes.
  • Firmas de los titulares de los órganos de gobierno y representantes y, en su caso, de los titulares salientes.

En todo caso, los representantes de la asociación deben ser miembros de pleno derecho de la misma, de conformidad con el artículo 11.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

La inscripción de la identidad de los titulares de los órganos de gobierno y representantes sólo producirá efectos, tanto para los asociados como para terceros, a partir del día siguiente al de su inscripción en el Registro.

Lista de Procedimientos disponibles

De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la documentación necesaria, podrá realizarse a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (SECMD), mediante el procedimiento habilitado al efecto:

Asociaciones Profesionales. Registro de asociaciones profesionales (Persona jurídica)

Solicitud de inscripción de otros actos en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE OTROS ACTOS, DIFERENTES DE LA CONSTITUCIÓN DE UNA NUEVA ASOCIACIÓN O LA DECLARACIÓN RESPONSABLE, EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

  • Accesible mediante autenticación con Certificado electrónico de persona jurídica

Modelos de documentos disponibles

Para facilitar la elaboración de los documentos a remitir al Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, en el apartado "Formularios" de esta página, se encuentran los documentos siguientes:

  • INSTANCIA DE SOLICITUD donde se recogen todos los datos preceptivos a cumplimentar por el interesado. EN CASO DE OPTAR POR LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA, NO SERÁ NECESARIO LA CUMPLIMENTACIÓN Y REMISIÓN DE ESTE DOCUMENTO, al quedar reflejados todos los datos requeridos en el formulario del procedimiento.
  • Modelo de CERTIFICACIÓN DE ACTA para nombramiento y/o cese de los titulares de los órganos de gobierno y representantes de la asociación (Formulario de auto-cumplimentación).
  • Modelo de ACEPTACIÓN/CESE DE NOMBRAMIENTO como representante, que puede ser usado también, con la correspondiente adaptación, para titulares de órganos de gobierno.

Formularios



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