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06/07/2020

Fin de la tramitación de la compensación económica en formato papel

A partir del 1 de septiembre concluirá el plazo para tramitar la compensación en formato papel

Por  Resolución 3H0/02579/2020, de 7 de febrero, del Director Gerente del INVIED O.A., de 7 de febrero (BOD nº 32), se dieron instrucciones para iniciar, con carácter voluntario en un principio y obligatorio dos meses después, la tramitación electrónica de la compensación económica.

Como consecuencia de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el plazo para la obligatoriedad de la tramitación electrónica de la compensación económica resultó ampliado hasta pasados dos meses de la conclusión del estado de alarma, mediante la Resolución 3H0/06194/20, de 17 de abril (BOD núm. 83).

En consecuencia, a partir del próximo 1 de septiembre concluirá el plazo para tramitar en formato papel, por parte del personal militar de las FAS, cualquier documento relacionado con la compensación económica, teniendo presente que dicho documento en papel que formulará el interesado no se tendrá por presentado, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que se le requerirá que subsane y presente dicho documento por vía electrónica, a través de la Plataforma ACCEDA de la Sede Electrónica del MINISDEF, considerándose como fecha de presentación de la solicitud de compensación económica en la que haya sido realizada la subsanación.