Preguntas frecuentes

¿Cómo puedo adquirir un inmueble propiedad del Instituto?

Los procedimientos que existen para la adquisición de los inmuebles son la subasta pública o la venta directa, pudiendo acceder a los mismos cualquier persona física o jurídica que cumpla los requisitos indicados en el Pliego de Condiciones Administrativas publicado para cada subasta.

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¿Cuál es el procedimiento para participar en las subastas?

Todas las subastas son públicas, con proposición económica al alza, en sobre cerrado.

Se publican en el Boletín Oficial del Estado, el boletín de la provincia y se exponen en los tablones municipales, así como en la página web del Instituto.

Cada subasta se regirá por el Pliego de Condiciones Administrativas, publicado en la página web del Instituto, para cada uno de los inmuebles incluidos en la subasta. 

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¿Puedo licitar a varias propiedades en una misma subasta?

Se puede licitar a todas las propiedades que se desee debiendo aportar la documentación y garantía para cada una de las propiedades.

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¿Qué es la venta directa?

El Instituto podrá acordar la adjudicación por venta directa de las propiedades que no hayan tenido licitadores en cada subasta, en tal caso se publicará el anuncio correspondiente en el apartado “Ventas Directas” de la página web.

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¿Cómo puedo adquirir un inmueble en venta directa?

Para adquirir un inmueble publicado en el apartado de Ventas Directas, deberá contactar con nuestra oficina comercial en el teléfono 916020844 o en el correo electrónico invied_comercial@oc.mde.es

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¿Puedo visitar los inmuebles anunciados?

Se puede solicitar la visita de todos los inmuebles publicados cumplimentado el formulario correspondiente y remitiéndolo por correo electrónico a la oficina comercial https://forma.administracionelectronica.gob.es/form/open/corp/11947/bDlw

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¿Puedo informar al Instituto de mi interés por una propiedad?

Si está interesado en alguna propiedad de este Instituto puede comunicarlo a la oficina comercial remitiendo el formulario disponible en el siguiente enlace: https://forma.administracionelectronica.gob.es/form/open/corp/11949/abmC

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¿Cómo puedo obtener la información de un inmueble incluido en una subasta o en venta directa?

El Pliego de Condiciones Técnicas, que está publicado en la página web del Instituto, recoge la información relativa a cada uno de los inmuebles incluidos en la subasta: dimensiones, planos, fotografías, certificación catastral, nota simple registral, etc.

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¿Puedo presenciar la subasta pública?

La apertura de sobres de las subastas públicas se realizará en la fecha y hora indicada en el Pliego de Condiciones Administrativas respectivo, pudiendo ser presenciada por las personas que lo deseen, debiendo acudir con la antelación suficiente para realizar la identificación en el control de acceso al Instituto.

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¿Cuándo recupero la garantía depositada para participar en la subasta?

La garantía depositada para participar en la subasta se puede recuperar una vez finalizada la subasta, siempre que no haya sido adjudicatario provisional de alguna propiedad, según se indica a continuación:

Cheque bancario o conformado: se remitirá por correo certificado en los días posteriores a la celebración de la subasta junto con el resto de la documentación presentada. En el caso de que se acuda presencialmente a la subasta y no haya sido adjudicatario provisional, se puede recoger por el licitador, o persona con la autorización correspondiente, una vez finalizada la subasta.

Aval ante la Caja General de Depósitos: En los días posteriores a la celebración de la subasta, se solicita la liberación de las garantías siendo la Caja General de Depósitos de Hacienda la que realizará la devolución no existiendo un plazo determinado. 

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¿Cuál es el plazo para pagar la totalidad del inmueble y firmar las escrituras?

El plazo para pagar la totalidad del inmueble y firmar las escrituras está recogido en el Pliego de Condiciones Administrativas publicado para cada subasta.

La adjudicación definitiva se realizará en el plazo máximo de treinta días a contar desde el día siguiente al de celebración de la subasta.

La Resolución de la adjudicación se notificará al adjudicatario advirtiendo que, en el término de un mes, contado desde el día siguiente de la recepción de la misma, deberá realizar el pago del precio total de la adjudicación. 

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