DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL NÚMERO DE ASOCIADOS.

Declaración responsable sobre el número de asociados.

"Para poder afiliarse a las asociaciones profesionales los miembros de las Fuerzas Armadas deberán encontrarse en cualquiera de las situaciones administrativas en las que, de acuerdo con la Ley de la carrera militar, estén sujetos al régimen general de derechos y deberes al no tener su condición militar en suspenso."(Artículo 34.1 Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas)

Para poder acceder al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, las asociaciones deberán contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a las que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 9/2011, con un mínimo de afiliados del 1%, si sus estatutos están abiertos a todas las categorías contempladas en dicho artículo, del 3% de los miembros de su categoría si la asociación es exclusivamente de oficiales o de suboficiales, y del 1,5% en el caso de las asociaciones de militares de tropa y marinería. En el supuesto de que se incluyan afiliados de dos categorías, deberán cumplir esos porcentajes en cada una de ellas. Los porcentajes se podrán reducir mediante Real Decreto del Consejo de Ministros con objeto de facilitar la adecuada representatividad y funcionalidad del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, y habrán de referirse a los datos hechos públicos por el Ministerio de Defensa al finalizar cada año natural. (Artículo 48.2 Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio)

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el citado artículo 48.2, la Directora General de Personal del Ministerio de Defensa, mediante Resolución 430/38000/2024, de 2 de enero (BOE nº 5, de 5 de enero de 2024, y BOD nº 6, de 9 de enero de 2023), establece el número de efectivos de las Fuerzas Armadas, en las situaciones a que se refiere el artículo 34.1 citado, en:

Nº efectivos indicados en el art. 48.2 LO 9/2011
CATEGORÍA MILITAR Nº EFECTIVOS Porcentaje 3% Porcentaje 1'5% Porcentaje 1%
OFICIALES 26.170 785 - -
SUBOFICIALES 26.288 788 - -
TROPA Y MARINERÍA 76.892 - 1.153 -
TOTAL 129.350 - - 1.293

De conformidad con el artículo 36.7 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, a fecha 31 de diciembre de cada año, las asociaciones inscritas en el Registro, emitirán una declaración responsable sobre el número de asociados. La declaración será objeto de inscripción en el Registro, mediante solicitud realizada a tal efecto. Dicha declaración responsable se realizará mediante formulario en el procedimiento habilitado al efecto en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (SECMD).

La asociación inscrita en el Registro que antes del 31 de enero de cada año no haya solicitado la inscripción de la declaración responsable indicada, tendrá suspendida su participación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas hasta que se efectúe dicha inscripción.

Lista de Procedimientos disponibles.

De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud, podrá realizarse a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (SECMD), mediante el procedimiento habilitado al efecto:

Asociaciones Profesionales. Registro de asociaciones profesionales (Persona jurídica)

Solicitud de inscripción de la declaración responsable anual del número de asociados de una asociación profesional

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE ANUAL DEL NÚMERO DE ASOCIADOS PARA PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

  • Accesible mediante autenticación con Certificado electrónico de persona jurídica

Modelos de documentos disponibles

Para facilitar la elaboración de los documentos a remitir al Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, en el apartado "Formularios" de esta página, se encuentran los documentos siguientes:

  • INSTANCIA DE SOLICITUD donde se recogen todos los datos preceptivos a cumplimentar por el interesado. EN CASO DE OPTAR POR LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA, NO SERÁ NECESARIO LA CUMPLIMENTACIÓN Y REMISIÓN DE ESTE DOCUMENTO, al quedar reflejados todos los datos requeridos en el formulario del procedimiento.

 

 

Formularios



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