EL GOBIERNO MODIFICA EL CUADRO MÉDICO DE EXCLUSIONES PARA EL INGRESO EN LOS CENTROS MILITARES DE FORMACIÓN

05/03/2009 Twitter Según la Orden Ministerial publicada hoy en el BOE

La revisión está orientada a realizar una regulación más completa aplicable a aquellos candidatos a militar que opten a determinadas especialidades en las Fuerzas Armadas

El Gobierno, a propuesta de la ministra de Defensa y del ministro del Interior, ha modificado el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros militares de formación, según una Orden Ministerial del Ministerio de la Presidencia publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La revisión de algunos aspectos de los cuadros médicos que regulan tanto el ingreso como los reconocimientos del personal militar, está orientada a realizar una regulación más completa aplicable a aquellos candidatos a militar que opten a determinadas especialidades en las Fuerzas Armadas.

De esta manera, los aspectos más significativos de estas modificaciones guardan relación, en primer lugar, con las condiciones psicofísicas de aquellos militares que tienen responsabilidades en vuelo y que requerían una regulación adicional para asegurar las facultades de estos miembros de las Fuerzas Armadas. La finalidad es proporcionar una mayor seguridad tanto a tripulantes como aeronaves.

Asimismo, la Orden Ministerial contempla la necesidad de recoger los criterios establecidos por la Sociedad Española de Hipertensión sobre la valoración de la tensión arterial, y ajustarlos a los parámetros recogidos por dicha Sociedad.

Además, el nuevo cuadro médico de exclusiones incorpora los trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio, que hasta ahora no se contemplaban en la reglamentación sobre el ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.

Finalmente, se realiza también una redacción genérica de las causas de exclusión relacionadas con el aparato genital y los cambios morfológicos de los órganos sexuales que, sin suponer una limitación médica de la aptitud para el servicio activo en las Fuerzas Armadas, se habían mantenido secularmente por lo excepcional de su aplicación.

Todo ello se enmarca en la voluntad de recoger en los cuadros médicos, además de enfermedades y lesiones limitativas para el servicio, los signos o posibles modificaciones de los estándares fisiológicos o anatómicos que pueden conllevar la limitación de la aptitud exclusivamente.

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