14/11/2024
Publicado en el BOD el listado definitivo de beneficiarios y solicitudes desestimadas. Se recuerda que los pagos están sujetos a retención de IRPF y que contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.