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Listado provisional becas Curso 2024-2025

27/09/2024

Una vez examinadas las 1239 solicitudes recibidas en la Sede Electrónica, se publica listado provisional de la ordenación según criterios expuestos en la convocatoria, resolución adoptada y cantidades justificadas y asignadas, para cada expediente.

Aparte de esta publicación se comunicará mediante la sede electrónica, la resolución provisional adoptada, para que en el plazo de 10 días, se presenten alegaciones, anexando cuanta información o documentación justificativa consideren los interesados.

  • La resolución 04, indica que su solicitud es correcta y procede la asignación de ayuda por el importe indicado.
  • La resolución 03, indica que ha de aportar justificantes bancarios o certificado del centro educativo, de las cantidades satisfechas para el curso 2024-2025, según se indica en la normativa de becas publicada en esta web.
  • La resolución 02, supone que se ha de aportar certificación de estar matriculado para el curso 2024-2025 y aportar igualmente que en la resolución 03, los justificantes bancarios o certificado del centro, que justifiquen las cantidades satisfechas para el curso 2024-2025.
  • La resolución 01, en los casos que no haya recibido notificación definitiva de incumplimiento de requisitos, han de subsanar las deficiencias contestando a los requerimientos en la sede electrónica, que en la mayoría de casos es justificar, y completar la inscripción en SAPROMIL, o remitir el formulario correcto, donde figuren TODOS los datos solicitados en los campos, en especial el código IBAN donde ingresar las ayudas si fuera el caso, verificando que los dígitos son los correctos y que la cuenta corriente está abierta hasta la percepción de la ayuda.

Se recuerda que los interesados han de atender los requerimientos pendientes de subsanar en la sede electrónica del Ministerio de Defensa (accediendo a "Mis Expedientes" y/o "Comunicaciones / Notificaciones"), y que el incumplimiento de los plazos podrá derivar en la desestimación definitiva de la solicitud.

Finalizado el plazo de alegaciones y subsanaciones, se evaluarán las mismas y se publicará en este sitio web y en Boletín Oficial de Defensa resolución definitva de beneficiarios, suplentes y excluidos.

Se recuerda que los importes percibidos están sujetos a retención del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, tal y como se expone en la convocatoria de becas publicada el 19 de julio.

 

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