El Registro de Empresas de la Dirección General de Armamento y Material (RE DGAM) tiene como objeto de disponer de información a disposición del Ministerio de Defensa, que permita conocer la capacidad industrial, tecnológica y económico-financiera de las empresas inscritas para facilitar la toma de decisiones en su planificación estratégica relacionada con la industria de defensa nacional.
La Certificación expedida por el titular responsable del RE DGAM será el medio por el que se acreditará de manera fehaciente que una empresa consta inscrita en el Registro, y sólo podrá ser utilizada para las finalidades legalmente establecidas.
La existencia del RE DGAM permite disponer de una Base de Datos, a través de la cual se conocen las capacidades (industrial, técnica, económico-financiera, de producción, etc.) de las empresas inscritas como suministradoras -reales o potenciales- del armamento, equipamiento, materiales y servicios necesarios para el cumplimiento de las misiones asignadas a las Fuerzas Armadas.
El Real Decreto 165/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa requiere, en su artículo 14.1.b) apartado 4º, la incorporación del certificado de inscripción en el registro de empresas a las solicitudes de homologación.
Así mismo el Real Decreto 166/2010, (DOCUMENTO ANEXO) de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de catalogación de material de la defensa también requiere, en el artículo 18.1.a), la vigencia de la inscripción en el registro para ser reconocidas como empresas catalogadoras o para mantener la acreditación de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de catalogación de material de la defensa también requiere, en el artículo 18.1.a), la vigencia de la inscripción en el registro para ser reconocidas como empresas catalogadoras o para mantener la acreditación.
Los órganos de contratación del Órgano Central y de los cuarteles generales exigen, en ocasiones concretas, en las cláusulas de admisión previa a un concurso, que los concurrentes estén inscritos en el RE DGAM.
También puede exigirse que la empresa licitante acredite tener actividad industrial relacionada con el expediente en cuestión, mediante un Certificado de Actividad Industrial por parte del RE DGAM.
En determinados concursos las empresas participantes necesitan una Certificación de Aseguramiento de Calidad PECAL (Publicación Española de Calidad), de aplicación específica en el seno de las Fuerzas Armadas. Este Certificado de PECAL, extendido por el director general de Armamento y Material, requiere tener en vigor el Certificado de Inscripción en el RE DGAM.
Para participar en cada licitación de carácter internacional de instalación o suministro, promovida en el ámbito de la OTAN mediante ICB (International Competitive Bidding), las empresas deben ser acreditadas y certificadas como elegibles por el Ministerio de Defensa. Igualmente, deben serlo aquellas empresas que deseen establecer, con una Agencia de la OTAN, un acuerdo BOA (Basic Ordering Agreement) para el suministro de productos comerciales COTS (Commercial-Off-The-Shelf). En ambos casos, dicha certificación estará basada en los datos de las empresas que consten en el RE DGAM.
Subsecciones
La Orden del Ministerio de Defensa 73/1982, de 3 de mayo, en su art. 6, creó en la Dirección General de Armamento y Material un Registro de Empresas Industriales, tanto públicas como privadas, relacionadas con la fabricación de armamento y material, o de interés para la Defensa Nacional. La Orden del Ministerio de Defensa 41/1985, de 3 de julio, en su art. 13, confirmó el interés y la vigencia de dicho Registro.
Podrán solicitar su inscripción en el RE DGAM aquellas sociedades que lo deseen o lo necesiten, a excepción de:
Para poder acceder a los servicios de la Sede Electrónica del Ministerio de Defensa es necesario estar en posesión del certificado digital identificativo de su empresa, que puede obtener a través de la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre entre otras autoridades certificadoras reconocidas.
El procedimiento a seguir para la nueva inscripción o la renovación de la inscripción en el RE DGAM es el siguiente:
Arriba a la derecha, en el apartado "Mis Expedientes" de la página web Acceso y Consulta de Ciudadanos a Expedientes de la Administración podrá consultar en todo momento el estado del trámite de inscripción o renovación. Una vez validados los datos, en este mismo apartado, podrá descargar el certificado de Inscripción o Renovación. La disponibilidad para la descarga del certificado también se comunicará a la empresa a través de correo electrónico.
La inscripción en el RE DGAM requiere la actualización de los datos de la empresa al menos una vez al año. El comienzo de la campaña de renovación se comunica por correo electrónico al interlocutor designado por la empresa en los datos proporcionados.
Esta clasificación permite a la industria conocer las capacidades industriales de las principales plataformas y sistemas militares que maneja el Ministerio de Defensa. Su alcance es lo suficientemente amplio como para cubrir todo el espectro de subsistemas y equipos necesarios para las FAS, y que por lo tanto deben ser producidos por la industria en el momento actual o en el futuro.
Para cualquier duda o consulta relativa al procedimiento de inscripción, renovación de inscripción o de cumplimentación de los cuestionarios puede contactarnos a través de :
Correo electrónico:
Correo postal a la dirección:
Acceso a través del apartado 'Procedimientos' de la web Acceda.