Constitución de una federación, confederación o unión de asociaciones. Incorporación o separación de una asociación a estos entes o a organizaciones internacionales de carácter profesional.

Federación, Confederación o Unión de asociaciones. Constitución

Cuando varias asociaciones ya existentes constituyan una federación, confederación o unión de asociaciones, de conformidad con el artículo 34.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, deberá dirigirse la solicitud de inscripción correspondiente al Registro en el plazo de un mes.

La solicitud deberá contener:

  1. Identificación del solicitante y poder con que actúa.
  2. Identificación de las asociaciones que se agrupan mediante los números de inscripción en el Registro.

Junto con la solicitud deberá aportarse necesariamente:

  1. Acuerdo de agrupación o documento similar que refleje la voluntad de los órganos competentes de las asociaciones para agruparse. De este documento debe desprenderse a efectos de qué interés se asocian.
  2. Denominación de la federación, confederación o unión de asociaciones y domicilio a efectos de notificaciones.
  3. Declaración sobre si los estatutos de las asociaciones que se agrupan, están abiertos a todas las categorías militares, a oficiales, a suboficiales o a tropa y marinería o a varias de ellas a efectos de la posible aplicación de los porcentajes previstos en el artículo 48.2 de Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.
  4. Designación por parte de los órganos competentes de cada asociación del representante o representantes de la entidad federativa, así como una mención a su ámbito de representación.
  5. Nuevos estatutos de la entidad federativa firmados por los representantes de todas las asociaciones fundadoras.

Federación, Confederación o Unión de asociaciones. Incorporación o separación

Cuando se trate de la incorporación o separación de una asociación ya inscrita a una federación, confederación o unión de asociaciones o a organizaciones internacionales de carácter profesional, la asociación correspondiente dispondrá del plazo de un mes desde que se haya producido dicha incorporación o separación, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, para solicitar al Registro la inscripción del acto correspondiente.

Para solicitar la inscripción de incorporación o separación de una asociación a una federación, confederación o unión de asociaciones, la solicitud deberá contener:

  1. Identificación del solicitante y poder con que actúa.
  2. Identificación de las asociaciones que se agrupan mediante los números de inscripción en el Registro.

Junto con la solicitud deberá aportarse:

  1. Acta de la reunión o el acuerdo de la entidad federativa, según el procedimiento que se haya determinado en sus estatutos, o certificado del acta o del acuerdo extendido por las personas o cargos de la entidad federativa con facultad para certificarlos, en que se haya resuelto la incorporación o separación de la asociación, en la que deberá constar la fecha en que se haya adoptado.
  2. Por cada asociación que se incorpore a la entidad federativa una certificación, expedida por las personas o cargos con facultad para certificar, del acuerdo adoptado para su integración y la designación de la persona o personas que la representen en la entidad federativa.

Organizaciones Internacionales. Incorporación o separación

Para solicitar la inscripción de incorporación o separación de una asociación a organizaciones internacionales, la solicitud deberá contener:

  1. Identificación del solicitante y poder con que actúa.
  2. Identificación de las asociaciones que se agrupan mediante los números de inscripción en el Registro.

Junto con la solicitud deberá aportarse:

  1. Acuerdo de pertenencia o separación a la organización internacional o documento similar, así como las consecuencias jurídicas derivadas de dicho acuerdo.
  2. Acuerdo de los órganos de gobierno de la organización internacional de que se trate en el que se deje constancia de la incorporación o de la separación de la asociación solicitante.

Listado de Procedimientos disponibles

De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la documentación necesaria, podrá realizarse a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (SECMD), mediante el procedimiento habilitado al efecto:

Asociaciones Profesionales. Registro de asociaciones profesionales (Persona jurídica)

Solicitud de inscripción de otros actos en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE OTROS ACTOS, DIFERENTES DE LA CONSTITUCIÓN DE UNA NUEVA ASOCIACIÓN O LA DECLARACIÓN RESPONSABLE, EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

  • Accesible mediante autenticación con Certificado electrónico de persona jurídica

Modelos de documentos disponibles

Para facilitar la elaboración de los documentos a remitir al Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, en el apartado "Formularios" de esta página, se encuentran los documentos siguientes:

  • INSTANCIA DE SOLICITUD donde se recogen todos los datos preceptivos a cumplimentar por el interesado. EN CASO DE OPTAR POR LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA, NO SERÁ NECESARIO LA CUMPLIMENTACIÓN Y REMISIÓN DE ESTE DOCUMENTO, al quedar reflejados todos los datos requeridos en el formulario del procedimiento.

Formularios



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