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Prestaciones Sanitarias de Gestión Directa (Otras Prestaciones Sanitarias)

Asistencia sanitaria en el extranjero

Para la cobertura de la asistencia sanitaria en el extranjero, con el mismo alcance de la asistencia sanitaria en territorio nacional, el ISFAS utiliza, con carácter general, el procedimiento de reintegro de gastos en los supuestos siguientes:

  • Titulares con destino o comisión de servicios en el extranjero y, en su caso, los beneficiarios de los mismos desplazados con ellos.
  • Desplazamiento temporal al extranjero por razones privadas del titular y/o sus beneficiarios.
  • Residencia del titular por razones privadas en países miembros de la Unión Europea.

Los asegurados que fijen su residencia en países que no sean miembros de la Unión Europea tendrán derecho a percibir una ayuda económica para atender la cobertura de la asistencia sanitaria que precisen, para sí o para sus beneficiarios, mediante la suscripción de una póliza de seguro sanitario. Esta ayuda tiene como límite el importe que por persona y año debe abonar el ISFAS a las Entidades de Seguro concertadas.

Apartado 2 de la Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre

Formulario de solicitud Asistencia sanitaria en el extranjero

Hospitalización Psiquiátrica

Los asegurados adscritos a Sanidad Militar o a la Red Sanitaria de la Seguridad Social pueden tener acceso a una ayuda económica por cada día de hospitalización psiquiátrica o de hospital de día, establecida en la normativa vigente (en 2009, 83 euros diarios por hospitalización en régimen de internamiento y 48,96 euros diarios por estancia en régimen de hospital de día).

Los asegurados adscritos a Entidades de Seguro concertadas reciben esta asistencia a través de su Entidad.

Apartado 3 de la Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre

Límite de las cuantías: Resolución 4B0/21275/2008, de 16 de diciembre (BOD nº 255).

Formulario de Solicitud Hospitalización psiquiátrica

Tratamiento de Psicoterapia

Con independencia de los tratamientos realizados por los medios concertados, el ISFAS podrá reconocer ayudas por los tratamientos de psicoterapia que se precisen, calculados en función del número de sesiones, con los límites que se establecen en la Instrucción del Secretario General Gerente vigente en ese momento (en 2009, 40,80 euros como máximo por cada sesión).

Apartado 4 de la Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre

Límite de las cuantías: Resolución 4B0/21275/2008, de 16 de diciembre (BOD nº 255).

Formulario de Solicitud Tratamiento de psicoterapia

Gastos por asistencia prestada por facultativo ajeno

En casos concretos, los asegurados adscritos a los consultorios del ISFAS para atención primaria podrán obtener el reintegro de los gastos de los honorarios del médico de familia, pediatra o profesional de enfermería, ajeno al servicio del consultorio, que le haya tenido que asistir.

Apartado 5 de la Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre

Formulario de Solicitud Asistencia prestada por facultativo ajeno

Ayuda para pacientes diabéticos

Los asegurados adscritos a Sanidad Militar o a los Servicios Públicos de Salud, cuando no les sean suministradas en su centro de atención primaria, podrán obtener ayudas por la compra de jeringuillas de insulina y/o reflectómetro.

Asimismo, los titulares y beneficiarios del ISFAS tendrán acceso a prestaciones para bombas de infusión de insulina y el correspondiente material fungible, en las condiciones establecidas en la regulación específica.

Apartado 6 de la Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre

Límite de las cuantías: Resolución 4B0/21275/2008, de 16 de diciembre (BOD nº 255).

Formulario de Solicitud Ayudas para pacientes diabéticos

Formulario de Solicitud Protocolo para bomba de insulina
 

Normativa Reguladora

Instrucción 4B0/20327/2004, de 27 de diciembre, del Secretario General Gerente del ISFAS, por la que se regula la Asistencia Sanitaria de Gestión Directa (B.O.D. nº 255, de 31 de diciembre), cuyo Anexo II (Límites de las cuantías de las ayudas) ha sido actualizado por la Resolución 4B0/21275/2008, de 16 de diciembre (BOD nº 255).