EL GOBIERNO APRUEBA LAS INDEMNIZACIONES A LOS PARTICIPANTES EN OPERACIONES DE PAZ Y SEGURIDAD

05/11/2004 Twitter El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el anteproyecto de Real Decreto Ley que establece las indemnizaciones a los españoles fallecidos o heridos en operaciones de paz y seguridad

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy el anteproyecto de Real Decreto Ley que establece las indemnizaciones a los españoles fallecidos o heridos en operaciones de paz y seguridad en las que participa España bajo mandato de organizaciones internacionales.

El ministro de Defensa, José Bono, ha manifestado que con este Real Decreto se cumple el compromiso contraído por el Gobierno y el pueblo español con quienes en cumplimiento de su deber luchan por la paz, la libertad y la justicia. "La sociedad española -ha señalado- tenía una deuda con ellos. Con este Real Decreto se pone en valor la voluntad de servicio en misiones de paz o interposición en misiones internacionales".

José Bono considera que había una deuda, en términos económicos y de honor, con quienes dan su vida o sufren secuelas por su participación en misiones de paz. Además, recordó que las compañías de seguros se niegan a asegurar las contingencias de los que trabajan en zonas de conflicto.

El Real Decreto Ley aprobado hoy establece un sistema de indemnizaciones para el personal militar y las tripulaciones de los medios de transporte en los que realicen los desplazamientos, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el personal de las Administraciones Públicas o contratado por el Estado que se desplace al territorio en que se realice la misión para participar en la misma o que se encuentre destinado en dicho territorio.

También contempla al personal de organizaciones no gubernamentales que trabaja en el ámbito de la cooperación española, a periodistas acreditados específicamente por el Ministerio de Defensa o el de Interior para las operaciones y a las personas enviadas por España en misión oficial para representar al Estado.

Los indemnizaciones contempladas son 140.000 euros por fallecimiento, 390.000 por gran invalidez, 96.000 por incapacidad permanente absoluta, 36.000 por incapacidad permanente parcial y 48.000 por incapacidad permanente total. Las lesiones permanentes no invalidantes serán las que resulten de la aplicación del baremo establecido por la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro del Automóvil.

Con este Real Decreto se quieren paliar, en la medida de lo posible, las consecuencias derivadas de los riesgos de participar en fuerzas multinacionales al servicio de la paz y de la seguridad, de la libertad, la justicia y el progreso de los pueblos.

Se establece un sistema de indemnizaciones -que tendrá carácter extraordinario y se concederán por una solo vez- para el personal que sufra daño físico o psíquico durante el desarrollo de una operación de mantenimiento de la paz, de asistencia humanitaria u otras de carácter internacional aprobadas por el Gobierno.

Asimismo, fija la exención de todas las académicas en centros públicos o concertados de todos los niveles de la enseñanza para los afectados, sus cónyuges e hijos o las personas que de forma acreditada convivan o hubieran convivido con ellos, con análoga relación de afectividad. Igualmente, contempla ayudas para financiar tratamientos médicos, prótesis e intervenciones quirúrgicas no cubiertas por el sistema público o privado de aseguramiento.

El Real Decreto relaciona los beneficiarios de las indemnizaciones y establece la compatibilidad con las pensiones, ayudas, compensaciones o resarcimientos reconocidos o que pudieran reconocerse. Asimismo, fija la exención del Impuesto sobre la Renta de Personas Fijas para dichas indemnizaciones y regula los procedimientos para acceder a las mismas.

Mediante este Real Decreto, se reconocen pensiones excepcionales para las compañeras de cinco fallecidos en el accidente del Yakolev 42 e indemnizaciones por fallecimiento de 140.000 euros para los beneficiarios de 92 militares, de siete miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de tres diplomáticos y de seis periodistas y una de gran invalidez para un miembro de la Guardia Civil.

Más Info

Escudo Ministerio Defensa

Ministerio de Defensa

Paseo de la Castellana, 109 28071 Madrid. (España). - Tlf.: (34) 91 395 50 00