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Subsecretaria de Defensa

Subsecretaria de Defensa

Como presidenta del Observatorio Militar para la igualdad entre mujeres y hombres es para mí una satisfacción darles la bienvenida a nuestra página web, en una nueva etapa en la que los objetivos de la consecución de la igualdad efectiva entre los miembros de las Fuerzas Armadas y las políticas de conciliación van a seguir marcando su actuación.

En el último cuarto de siglo, las Fuerzas Armadas españolas han experimentado una profunda transformación en cuanto a su composición, ya que hasta 1988 la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas Españolas no fue una realidad. Desde entonces, el Ministerio de Defensa y los Ejércitos han trabajado para la integración de la mujer en igualdad, no sólo legal, con sus compañeros varones, hasta lograr que hoy su presencia mujer en nuestras Fuerzas Armadas sea una realidad consolidada.

En este proceso de integración, tengo que valorar la labor realizada por el recientemente desaparecido Observatorio de la Mujer en las Fuerzas Armadas, en tanto que ha sido un agente determinante en la consecución de muchos de estos logros y un activo contribuyente en el desarrollo de un marco normativo de la conciliación de la vida personal, familiar y profesional en el ámbito de nuestras FAS y de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres militares.

El Observatorio Militar de Igualdad responde a la necesidad de contar con un órgano que responda a los nuevos retos y transformaciones jurídicas e institucionales que afectan a su ámbito de actuación.

En este sentido, cabe mencionar los mandatos de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el acervo jurídico internacional sobre mujer, paz y seguridad, o la transformación del antiguo Comité de mujeres de las Fuerzas OTAN en el Comité de Perspectiva de Género de OTAN.

Aspiramos a convertirnos en un punto de referencia sobre igualdad en las Fuerzas Armadas, y a trabajar para compensar el esfuerzo personal y familiar que esta profesión puede exigir a sus componentes.

El Observatorio Militar de Igualdad cuenta, como órgano de apoyo técnico y administrativo, con una Secretaría Permanente de Igualdad, que se configura también como la Unidad de igualdad del Ministerio de Defensa en los términos regulados en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.

En definitiva, el Observatorio Militar de la Igualdad y la Secretaria Permanente de Igualdad constituyen un binomio útil y eficaz para la implementación en el ámbito del Ministerio de Defensa de las políticas de conciliación de la vida personal, familiar y profesional y de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Consciente de la importancia de este objetivo, impulsaré todas las actuaciones necesarias para su consecución para lo que les solicito su apoyo y colaboración.
Mediante esta página web, les invito a que participen a través de sus sugerencias, consultas, y que vean en ella una plataforma útil y de servicio para todas aquellas cuestiones que les puedan surgir en torno al principio de igualdad en las Fuerzas Armadas.

Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña

Subsecretaria de Defensa

Madrid, marzo de 2012

El Observatorio

En su nueva configuración, el Observatorio militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas, está regulado por la Orden Ministerial 51/2011, de 28 de julio

Es un órgano colegiado de asesoramiento, dependiente de la Subsecretaría de Defensa. Su finalidad fundamental es analizar y en su caso, hacer sugerencias sobre la incidencia que en los hombres y en las mujeres tiene el conjunto de actividades que conforman el ingreso, le enseñanza, la carrera, la conciliación de la vida personal, familiar y profesional de los miembros de las Armadas.

El Observatorio está formado por vocales que representan a los Ejércitos y a los órganos centrales del Ministerio de Defensa y por una Secretaría Permanente que le da continuidad y le presta apoyo administrativo y técnico.

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Funciones

El Observatorio tiene encomendado el estudio y difusión de la presencia de la mujer en las Fuerzas Armadas. Para ello analiza desde el punto de vista de género las actuaciones en el ámbito militar referidas a:

  • Reclutamiento.
  • Formación
  • Integración y reincorporación a la vida civil.

También ha de velar por la aplicación del criterio de género en las fuentes estadísticas del Ministerio de Defensa, así como la constitución y creación de una aplicación específica estadística donde toda la información que se recopila y procesa está desagregada por sexo. Esta función es básica para la elaboración de los necesarios diagnósticos de género.

Asimismo, el Observatorio elabora estudios sobre el impacto de género en el ámbito laborar castrense. Canaliza información sobre la mujer en las Fuerzas Armadas, propone medidas para mejorar su integración y para asegurar la igualdad efectiva de ambos sexos. Analiza las cuestiones relacionadas con la mujer que se planteen en los Consejos Asesores de Personal de las Fuerzas Armadas.

Además, elabora y asesora a las unidades del Ministerio de Defensa encargadas de crear proyectos normativos en la elaboración de las memorias de impacto normativo, apartado de impacto por razón de género, de acuerdo con el art. 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y con el Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo.

Finalmente, se encarga de todas aquellas cuestiones que puedan resultar de análoga significación a las anteriores y contribuyan de algún modo a favorecer la incorporación y la integración de la mujer en las Fuerzas Armadas.

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Qué puede hacer por ti y qué no

A través de esta página usted podrá acceder a datos estadísticos, información, y normativa vigente sobre la mujer en las Fuerzas Armadas y en general sobre cuestiones de género y de conciliación de la vida familiar y laboral.

También tiene a su disposición nuestros servicios de correo electrónico y teléfono, atendido por la Secretaría Permanente de Igualdad, para realizar consultas sobre conciliación de la vida profesional, personal y familiar (permisos, horarios, reducción de jornada, licencias, etc.), asuntos de género, situación de la mujer, etc. Igualmente puede remitirnos sus comentarios y sugerencias sobre estas cuestiones.

La Secretaría Permanente de Igualdad puede resolver sus dudas, informarle y orientarle sobre trámites a realizar, así como sobre los mandos a quien debe dirigirlas.

Toda la información de carácter personal es tratada con confidencialidad y está protegida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El observatorio es un órgano consultivo, no forma parte del conducto reglamentario. Por ello no puede resolver instancias ni realizar trámites administrativos (por ejemplo, gestión de plazas en guarderías, en alojamientos logísticos, cambios de destinos, etc.).

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